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Title: Congreso de Bruselas de la Asociación Internacional de los Trabajadores (1868)
Description: Las resoluciones del tercer congreso de la Internacional: la huelga de los productores contra la guerra, las huelgas y las sociedades de resistencia, las máquinas, la propiedad colectiva de las minas, los ferrocarriles, el suelo y los bosques, la enseñanza integral, el crédito, la cooperación y la ruptura con la Liga de la Paz.
Author: III Congreso de la Asociación Internacional de los Trabajadores
Date: 1868-09
URL: https://marxismo.school/archivo/congresos/1868%20Congreso%20de%20Bruselas%20%28I%20Internacional%29
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*Tercer congreso general de la Asociación Internacional de los Trabajadores, celebrado en Bruselas del 6 al 13 de septiembre de 1868, con cerca de cien delegados, en su mayoría belgas. Resoluciones sobre la guerra, las máquinas y la propiedad según el* Compte rendu officiel du troisième Congrès *(suplemento de* Le Peuple belge*), reproducido por Edmond Villetard,* Histoire de l'Internationale*, París, Garnier, 1872, apéndice, pp. 298-308 ([archive.org](https://archive.org/details/bub_gb_eRrEQtnc_m8C)); resolución sobre las huelgas según Oscar Testut,* Le Livre bleu de l'Internationale*, París, Lachaud, 1871, pp. 227-228 ([archive.org](https://archive.org/details/lelivrebleudeli00testgoog)); las demás según James Guillaume,* L'Internationale. Documents et souvenirs*, t. I, París, 1905, cap. VIII ([Wikisource](https://fr.wikisource.org/wiki/L%E2%80%99Internationale,_documents_et_souvenirs/Tome_I/I,8)). Traducción de la Escuela de marxismo, 2026. Las notas son nuestras. [Texto original en francés](https://marxismo.school/archivo/congresos/originales/1868%20Congr%C3%A8s%20de%20Bruxelles%20%28AIT%29)*

## Resolución sobre la guerra

El Congreso, considerando que la justicia debe ser la regla de las relaciones entre los grupos naturales, pueblos y naciones, lo mismo que entre los ciudadanos; que la causa primordial de la guerra es la falta de equilibrio económico; que la guerra nunca ha sido más que la razón del más fuerte, y no la sanción del derecho;[^1]

Que no es más que un medio de sometimiento de los pueblos por las clases privilegiadas o por los gobiernos que las representan;

Que fortalece el despotismo y ahoga la libertad (como prueban las últimas guerras de Italia y de Alemania);[^2]

Que, al sembrar el luto y la ruina en las familias y la desmoralización en todos los lugares donde se concentran los ejércitos, mantiene y perpetúa así la ignorancia y la miseria;

Que el oro y la sangre de los pueblos nunca han servido más que para mantener entre ellos los instintos salvajes del hombre en estado de naturaleza;

Que, en una sociedad fundada en el trabajo y la producción, la fuerza solo puede ponerse al servicio de la libertad y del derecho de cada uno; que solo puede ser una garantía y no una opresión, aunque sea para un solo miembro útil del cuerpo social;

Que, en el estado actual de Europa, los gobiernos no representan los intereses legítimos de los trabajadores;

Que, si la guerra tiene por causa principal y permanente la falta de equilibrio económico y, por consiguiente, solo puede aniquilarla la reforma social, no deja de tener por causa auxiliar la arbitrariedad que resulta de la centralización y del despotismo;

Que los pueblos pueden, pues, desde ahora, disminuir el número de las guerras oponiéndose a quienes las hacen o las declaran;

Que este derecho corresponde sobre todo a las clases obreras, sometidas casi exclusivamente al servicio militar, y que solo ellas pueden darle una sanción;

Que para ello tienen un medio práctico, legal e inmediatamente realizable;

Que, en efecto, el cuerpo social no podría vivir si la producción se detuviera durante cierto tiempo; que basta, pues, con que los productores dejen de producir para hacer imposibles las empresas de los gobiernos personales y despóticos;

El Congreso de la Asociación Internacional de los Trabajadores, reunido en Bruselas, declara que protesta con la mayor energía contra la guerra.

Invita a todas las secciones de la Asociación, cada una en su país, así como a todas las sociedades obreras y a todos los grupos obreros, sean cuales sean, a actuar con la mayor actividad para impedir una guerra de pueblo a pueblo, que hoy no podría considerarse más que como una guerra civil, porque, hecha entre productores, no sería más que una lucha entre hermanos y ciudadanos.

El Congreso recomienda sobre todo a los trabajadores que cesen todo trabajo en caso de que estalle una guerra en sus países respectivos.

El Congreso confía lo bastante en el espíritu de solidaridad que anima a los trabajadores de todos los países para esperar que su apoyo no faltará a esta guerra de los pueblos contra la guerra.

## Resolución sobre las huelgas y las sociedades de resistencia

El Congreso declara:[^3]

1.º Que la huelga no es un medio de emancipar completamente al trabajador, pero que a menudo es una necesidad en la situación actual de lucha entre el trabajo y el capital;

2.º Que hay que someter la huelga a ciertas reglas, a condiciones de organización, de oportunidad y de legitimidad;

3.º Que, desde el punto de vista de la organización de la huelga, hay que crear, en las profesiones que todavía no las tienen, sociedades de resistencia, de socorros mutuos, cajas y seguros contra el paro, etc.; después, hacer solidarias entre sí las sociedades de resistencia de todas las profesiones y de todos los países, instituyendo en cada federación local de sociedades de resistencia una caja destinada a sostener las huelgas; en una palabra, que hay que continuar en este sentido la obra emprendida por la Internacional y esforzarse por hacer entrar en masa al proletariado en esta Asociación;

4.º Que, desde el punto de vista de la oportunidad y de la legitimidad, hay que nombrar en la federación de los grupos de resistencia de cada localidad una comisión formada por delegados de esos diversos grupos, que constituiría un consejo de arbitraje (para juzgar la oportunidad y la legitimidad de las huelgas que se planteen);[^4] por lo demás, que es necesario dejar a las diferentes secciones cierta libertad en cuanto al modo de formar ese consejo de arbitraje, según las costumbres, los hábitos y las legislaciones particulares.

## Resolución sobre las máquinas

Considerando que, por una parte, la máquina ha sido uno de los más poderosos instrumentos de despotismo y de extorsión en manos de los capitalistas, y que, por otra, los desarrollos que adquiere deben crear las condiciones necesarias para sustituir el sistema del salariado por un sistema de producción verdaderamente social;[^5]

Considerando que la máquina solo prestará verdaderos servicios a los trabajadores cuando una organización más equitativa la haya puesto en sus manos,

El Congreso declara:

1.º Que solo por medio de las asociaciones cooperativas y de una organización del crédito mutuo puede el productor llegar a la posesión de las máquinas;[^6]

2.º Que, no obstante, en el estado actual, los trabajadores constituidos en sociedades de resistencia deben intervenir en la introducción de las máquinas en los talleres, para que esa introducción solo se haga con ciertas garantías o compensaciones para el obrero.

## Resolución sobre la propiedad (13 de septiembre de 1868)

1.º Respecto de las minas, las hulleras y los ferrocarriles:

Considerando que estos grandes instrumentos de trabajo están fijados al suelo y ocupan una parte notable del suelo, ese dominio que la naturaleza ha dado gratuitamente a la humanidad;

Que estos instrumentos de trabajo exigen necesariamente la aplicación de las máquinas y de la fuerza colectiva;

Que las máquinas y la fuerza colectiva, que hoy existen en beneficio exclusivo de los capitalistas, deben en el futuro beneficiar únicamente al trabajador, y que para ello es preciso que toda industria en la que estas dos fuerzas económicas sean indispensables la ejerzan grupos liberados del salariado;

El Congreso piensa:

1.º Que las canteras, las hulleras y las demás minas, así como los ferrocarriles, pertenecerán en una sociedad normal a la colectividad social, representada por el Estado, pero por el Estado regenerado y sometido él mismo a la ley de la justicia;[^7]

2.º Que las canteras, las hulleras y los ferrocarriles los concederá la sociedad no a capitalistas, como hoy, sino a compañías obreras, mediante un doble contrato: uno que dé la investidura a la compañía obrera y garantice a la sociedad la explotación científica y racional de la concesión, sus servicios al precio más cercano al de coste, el derecho de comprobar las cuentas de la compañía y, por consiguiente, la imposibilidad de que se reconstituya el monopolio; el otro, que garantice los derechos mutuos de cada miembro de la asociación obrera frente a sus compañeros.

2.º Respecto de la propiedad agrícola:

Considerando que las necesidades de la producción y la aplicación de los conocimientos agronómicos reclaman un cultivo hecho en grande y en conjunto, exigen la introducción de las máquinas y la organización de la fuerza colectiva en la agricultura, y que además la evolución económica misma tiende a llevar al cultivo en grande;

Que, por tanto, el trabajo agrícola y la propiedad del suelo deben tratarse en pie de igualdad con el trabajo minero y la propiedad del subsuelo;

Que, por lo demás, el fondo productivo del suelo es la materia prima de todos los productos, la fuente primitiva de todas las riquezas, sin ser él mismo producto del trabajo de ningún particular;

Que la enajenación en favor de unos pocos de esta materia prima indispensable hace a la sociedad entera tributaria de aquellos a quienes se enajena;

El Congreso piensa que la evolución económica hará de la entrada del suelo cultivable en la propiedad colectiva una necesidad social, y que el suelo se concederá a las compañías agrícolas como las minas a las compañías mineras y los ferrocarriles a las compañías obreras, con condiciones de garantía para la sociedad y para los cultivadores análogas a las necesarias para las minas y los ferrocarriles.

3.º Respecto de los canales, las carreteras y las líneas telegráficas:

Considerando que estas vías de comunicación exigen una dirección de conjunto y un mantenimiento que no pueden abandonarse a particulares, como piden ciertos economistas, so pena de monopolio,

El Congreso piensa que estas vías de comunicación deben seguir siendo propiedad colectiva de la sociedad.

Respecto de los bosques, la comisión propone la resolución siguiente:

Considerando que el abandono de los bosques a particulares llevaría a su destrucción;

Que esa destrucción en ciertos puntos del territorio perjudicaría la conservación de las fuentes y, por consiguiente, la buena calidad de las tierras, así como la higiene pública y la vida de los ciudadanos,

El Congreso piensa que los bosques deben seguir perteneciendo a la colectividad social.

Estas conclusiones las aprobó toda la comisión, salvo dos miembros ausentes. El Congreso las votó por 30 votos contra 4. Quince delegados se abstuvieron.[^8]

## Resolución sobre la enseñanza integral

Reconociendo que por el momento es imposible organizar una enseñanza racional,

El Congreso invita a las diferentes secciones a establecer cursos públicos según un programa de enseñanza científica, profesional y productiva, es decir, de enseñanza integral, para remediar en lo posible la insuficiencia de la instrucción que reciben hoy los obreros. Bien entendido que la reducción de las horas de trabajo se considera una condición previa indispensable.[^9]

## Resolución sobre el crédito mutuo

El Congreso concluye que deben fundarse bancos de cambio basados en el precio de coste, con el fin de hacer el crédito democrático e igualitario y de simplificar las relaciones entre el productor y el consumidor, es decir, de sustraer el trabajo a la dominación del capital y de hacer que este vuelva a su papel natural y legítimo, que es el de agente del trabajo.

El Congreso, sin dejar de mantener la afirmación teórica del crédito recíproco, pide que el proyecto de estatutos presentado por la sección de Bruselas se envíe a todas las secciones para que lo discutan a fondo y para que el próximo congreso pueda tomar una decisión al respecto.[^10]

## Resolución sobre la cooperación

Toda sociedad basada en los principios democráticos rechaza toda detracción en nombre del capital, sea cual sea la forma en que se presente, renta, interés o beneficio, y deja así al trabajo todo su derecho, toda su justa remuneración.[^11]

## Resolución sobre la Liga de la Paz y de la Libertad

El Congreso decide:

1.º Que los delegados de la Asociación Internacional que acudan a Berna[^12] llevarán a la asamblea, en nombre de la Internacional, las diferentes resoluciones tomadas en los congresos de Ginebra, Lausana y Bruselas, pero que todas las discusiones y todas las resoluciones que allí se tomen solo comprometerán su responsabilidad personal;

2.º Que los delegados de la Internacional creen que la Liga de la Paz no tiene razón de ser frente a la obra de la Internacional, e invitan a esa sociedad a unirse a ella y a sus miembros a ingresar en una u otra sección de la Internacional.[^13]

## Los textos de Karl Marx

El Congreso aprobó la [resolución sobre la reducción de las horas de trabajo](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1868%20Proyecto%20de%20resoluci%C3%B3n%20sobre%20la%20limitaci%C3%B3n%20de%20la%20jornada%20de%20trabajo) que propuso el Consejo General y redactó Karl Marx.

Al Congreso se presentó el [cuarto informe anual del Consejo General](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1868%20Cuarto%20informe%20anual%20del%20Consejo%20General%20de%20la%20Asociaci%C3%B3n%20Internacional%20de%20los%20Trabajadores), redactado por Karl Marx.[^14]

[^1]: Resolución aprobada en sesión administrativa y leída por Charles Longuet en la decimosexta y última sesión, el 13 de septiembre. En el debate intervinieron, según Guillaume, Catalan, De Paepe, Hins, Lucraft, Tolain y J.-Ph. Becker.

[^2]: La guerra de 1859 entre Francia y el Piamonte contra Austria y la guerra austro-prusiana de 1866.

[^3]: Texto propuesto por la comisión y leído por Brismée; según Guillaume, el congreso lo aprobó. El delegado ginebrino Graglia propuso añadir un quinto punto, según el cual cada grupo o sección presentaría cada año al congreso un informe sobre sus cajas de resistencia.

[^4]: El congreso rechazó, según Guillaume, la idea de un tribunal mixto de patronos y obreros, a semejanza de los consejos de *prud'hommes*: el consejo de arbitraje lo forman solo los delegados de las sociedades de resistencia, y su misión es juzgar si, desde el punto de vista obrero, conviene declarar la huelga.

[^5]: El primer considerando procede del [proyecto que redactó Marx para el Consejo General](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1868%20Proyecto%20de%20resoluci%C3%B3n%20sobre%20las%20consecuencias%20del%20empleo%20de%20las%20m%C3%A1quinas%20por%20los%20capitalistas). La resolución se aprobó en la décima sesión.

[^6]: Villetard imprime «la production» («la producción»); seguimos la lectura de Guillaume, «le producteur».

[^7]: Conclusiones de la comisión, aprobadas en sesión administrativa y leídas por Murat en la decimosexta sesión. Es la primera vez que un congreso de la Internacional se pronuncia por la propiedad colectiva del suelo. Los delegados suizos se abstuvieron por falta de mandato, y el congreso acordó volver a poner la cuestión a estudio.

[^8]: Nota del *Compte rendu officiel*. Guillaume da otro recuento: treinta votos a favor (ocho ingleses, cuatro franceses, cuatro alemanes, un italiano y trece belgas), cinco en contra (un francés y cuatro belgas) y unas quince abstenciones.

[^9]: Guillaume da esta resolución abreviada.

[^10]: La sección de Bruselas había redactado unos estatutos de banco de cambio con el nombre de Sociedad Comercial del Crédito a Precio de Coste. Guillaume omite el texto que separa los dos párrafos.

[^11]: Guillaume solo cita esta frase de la resolución, que fijaba la regla de conducta de toda sociedad cooperativa conforme a los principios de la Internacional.

[^12]: El segundo congreso de la Liga de la Paz y de la Libertad se reunió en Berna del 21 al 25 de septiembre de 1868. Allí Bakunin y sus amigos rompieron con la Liga y fundaron la Alianza de la Democracia Socialista.

[^13]: Resolución aprobada con tres votos en contra (De Paepe, Perron y Catalan). El *Compte rendu officiel* advierte que algunos periódicos imprimieron «declaran» por «creen» e «invitan a esta sociedad a disolverse» por «a unirse a ella»: en la sesión se leyó por error un manuscrito sin esas correcciones.

[^14]: El congreso aprobó también, a propuesta de los delegados alemanes, una resolución que recomendaba a los trabajadores *El capital* de Marx, publicado el año anterior, y un voto de las secciones belgas para que cada sección presentara en el congreso siguiente informes completos sobre la situación de la clase obrera («cuadernos del trabajo»). No hemos encontrado su texto en una edición libre.
