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Title: Resoluciones de la Conferencia de Delegados de la Asociación Internacional de los Trabajadores celebrada en Londres del 17 al 23 de septiembre de 1871 (1871)
Description: Las resoluciones de la Conferencia de Londres de la Internacional, redactadas por Marx y Engels, entre ellas la IX: la clase obrera solo puede actuar como clase constituyéndose en partido político propio, opuesto a todos los partidos de las clases poseedoras.
Author: Karl Marx, Friedrich Engels
Date: 1871-10-17
URL: https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1871%20Resoluciones%20de%20la%20Conferencia%20de%20Delegados%20de%20la%20Asociaci%C3%B3n%20Internacional%20de%20los%20Trabajadores%20celebrada%20en%20Londres%20del%2017%20al%2023%20de%20septiembre%20de%201871
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*Redactadas por Karl Marx y Friedrich Engels a partir de los acuerdos de la Conferencia y publicadas por el Consejo General como circular con fecha del 17 de octubre de 1871, en inglés, francés y alemán. La versión alemana, que Marx certificó, salió en* Der Volksstaat *(Leipzig) y en tirada aparte (Leipzig, 1871). Traducimos esa versión alemana según Karl Marx/Friedrich Engels,* Werke*, tomo 17 (Berlín, 1962, pp. 418-426), sin su aparato editorial, por la Escuela de marxismo, 2026; las ediciones inglesa y francesa no están disponibles en una edición libre. Las diferencias de la edición inglesa que señala la MEW van en nota. Las notas son nuestras. [Texto original en alemán](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/originales/1871%20Beschl%C3%BCsse%20der%20Delegiertenkonferenz%20der%20Internationalen%20Arbeiterassoziation%2C%20abgehalten%20zu%20London%20vom%2017.%20bis%2023.%20September%201871).*

## I. Composición del Consejo General

La Conferencia invita al Consejo General a limitar el número de miembros que él mismo se agrega y a procurar que no pertenezcan demasiado exclusivamente a una misma nacionalidad.

## II. Denominaciones de los consejos nacionales, ramas locales, secciones, grupos y sus comités

1. De conformidad con la resolución del Congreso de Basilea de 1869,[^1] los consejos centrales de los países donde la Internacional está organizada regularmente se denominarán en adelante *consejos federales* o *comités federales*, añadiendo el nombre de sus respectivos países. La denominación de *Consejo General* queda reservada al consejo central de la Asociación Internacional de los Trabajadores.

2. Todas las ramas locales, secciones, grupos y sus comités se denominarán y constituirán en adelante simple y exclusivamente como ramas, etc., de la Asociación Internacional de los Trabajadores, añadiendo el nombre de su respectiva localidad.

3. En consecuencia, queda prohibido en adelante a las ramas, grupos y sus comités adoptar nombres de secta, como por ejemplo los de positivistas, mutualistas, colectivistas, comunistas, etc., o formar organismos separatistas que, con denominaciones como secciones de propaganda, etc., se atribuyan una misión especial, distinta de los fines comunes de la Asociación.

4. Los artículos 1 y 2 no se aplican, sin embargo, a los sindicatos afiliados a la Internacional.

## III. Delegados del Consejo General

Todos los delegados nombrados por el Consejo General para misiones determinadas tienen derecho a asistir a las reuniones de los *consejos* o comités *federales*, de los comités de distrito y locales y de las ramas, y a ser oídos en ellas, pero sin derecho a voto.

## IV. Cuota de un penique (*Groschen*) por miembro para el Consejo General

1. El Consejo General imprimirá sellos adhesivos, cada uno de los cuales representará el valor de un penique, y los hará llegar cada año, en el número solicitado, a los consejos o comités federales.

2. Los consejos o comités federales remitirán a los comités locales y, en su defecto, a las ramas locales un número de sellos correspondiente al número de sus miembros.

3. Estos sellos se pegarán luego en el ejemplar de los Estatutos que todo miembro está obligado a poseer.[^2]

4. El 1 de marzo de cada año, los consejos o comités federales de los distintos países remitirán al Consejo General el producto de los sellos vendidos y devolverán al mismo tiempo los sellos no vendidos.

5. Estos sellos, que representan el valor de las cuotas individuales, llevarán la fecha del año en curso.

## V. Formación de secciones femeninas

La Conferencia recomienda la formación de ramas femeninas dentro de la clase obrera. Esta resolución no va dirigida, por supuesto, contra la formación de ramas compuestas de obreros y obreras.

## VI. Estadística general de la clase obrera

1. La Conferencia encarga al Consejo General que ponga en vigor el artículo 5 de los Estatutos originales, en lo que se refiere a una estadística general de la clase obrera, así como las resoluciones del Congreso de Ginebra (1866) sobre el mismo asunto.[^3]

2. Todo grupo local está obligado a nombrar un comité especial de estadística, a fin de estar siempre dispuesto, en la medida en que se lo permitan sus medios, a responder a las preguntas que le formulen el consejo federal de su país o el Consejo General. La Conferencia recomienda a todos los grupos que retribuyan a los secretarios de los comités de estadística, en consideración a la utilidad general de su trabajo para la clase obrera.

3. El 1 de agosto de cada año, los consejos o comités federales enviarán al Consejo General los materiales reunidos en sus respectivos países. Este, a su vez, los elaborará en un informe general que se presentará a los congresos o conferencias que se celebran cada año en septiembre.

4. Los sindicatos y las ramas internacionales que se nieguen a dar la información solicitada serán denunciados al Consejo General para que resuelva lo que proceda.

## VII. Relaciones internacionales de los sindicatos

El Consejo General seguirá apoyando, como hasta ahora, la tendencia creciente de los sindicatos de cada país a ponerse en relación con los sindicatos del mismo oficio de todos los demás países. Su eficacia como intermediario internacional entre los sindicatos nacionales depende esencialmente del apoyo que estas mismas sociedades presten a la obra emprendida por la Internacional de una estadística obrera general.

Se ruega a las directivas de los sindicatos de todos los países que mantengan informado al Consejo General de las direcciones de sus respectivos locales.

## VIII. Trabajadores agrícolas

1. La Conferencia invita al Consejo General y a los consejos o comités federales a preparar para el próximo congreso informes sobre los medios adecuados para asegurar la adhesión de los trabajadores agrícolas al movimiento del proletariado industrial.

2. Entretanto, se invita a los consejos o comités federales a enviar delegados a los distritos rurales para celebrar allí reuniones públicas, difundir los principios de la Internacional y fundar ramas rurales.

## IX. Acción política de la clase obrera

Considerando:

que en el preámbulo de los Estatutos se dice: «La emancipación económica de la clase obrera es el gran fin al que todo movimiento político debe subordinarse *como medio*»;[^4]

que el Manifiesto inaugural de la Asociación Internacional de los Trabajadores (1864) dice: «Los señores de la tierra y los señores del capital se servirán siempre de sus privilegios políticos para defender y perpetuar sus monopolios económicos. Lejos de favorecer la emancipación política de los obreros, seguirán poniéndole todos los obstáculos posibles… Conquistar el poder político se ha convertido, pues, en el gran deber de la clase obrera»;[^5]

que el Congreso de Lausana (1867) declaró: «La emancipación social de los obreros es inseparable de su emancipación política»;

que la declaración del Consejo General sobre el supuesto complot de los internacionales franceses en vísperas del plebiscito (1870) contiene el pasaje siguiente: «Según el tenor de nuestros Estatutos, todas nuestras ramas de Inglaterra, del continente y de América tienen sin duda la misión expresa no solo de servir de centros a la organización militante de la clase obrera, sino también de apoyar en sus respectivos países todo movimiento político que sirva para alcanzar nuestro fin último: la emancipación económica de la clase obrera»;[^6]

que traducciones erróneas de los Estatutos originales han dado lugar a interpretaciones equivocadas, perjudiciales para el desarrollo y la acción de la Asociación Internacional de los Trabajadores;[^7]

considerando, además,

que la Internacional se enfrenta a una reacción desenfrenada que aplasta descaradamente toda aspiración de los obreros a su emancipación y pretende perpetuar por la fuerza bruta la diferencia de clases y la dominación política de las clases poseedoras basada en ella;

que contra este poder colectivo de las clases poseedoras la clase obrera solo puede actuar como clase constituyéndose ella misma en partido político propio, opuesto a todos los viejos partidos formados por las clases poseedoras;

que esta constitución de la clase obrera en partido político es indispensable para asegurar el triunfo de la revolución social y de su fin último: *la abolición de las clases*;

que la unión de las fuerzas individuales que la clase obrera ha logrado ya hasta cierto punto mediante sus luchas económicas debe servirle también de palanca en su lucha contra el poder político de sus explotadores,

por todas estas razones, la Conferencia recuerda a todos los miembros de la Internacional:

que en el estado militante de la clase obrera su movimiento económico y su acción política están indisolublemente unidos.

## X. Resolución general relativa a los países donde los gobiernos impiden la organización regular de la Internacional

En los países donde la organización regular de la Internacional es por el momento impracticable a causa de la injerencia gubernamental, la Asociación, o sus grupos locales, podrán reconstituirse con cualesquiera otras denominaciones. Pero todas las sociedades secretas propiamente dichas están y siguen estando formalmente excluidas.

## XI. Resoluciones sobre Francia

1. La Conferencia expresa su firme convicción de que todas las persecuciones no harán más que redoblar la energía de los partidarios de la Internacional, y de que las ramas seguirán organizándose, si no en grandes centros, al menos por talleres y federaciones de talleres que se pondrán en comunicación entre sí por medio de sus delegados.

2. La Conferencia invita, por tanto, a todas las ramas a continuar incansablemente la difusión de nuestros principios en Francia y a introducir en ese país el mayor número posible de impresos y de Estatutos de la Internacional.

## XII. Resolución sobre Inglaterra

El Consejo General invitará a las secciones inglesas de Londres a formar un comité federal para Londres. En cuanto este haya sido reconocido por las ramas de provincias y por los sindicatos afiliados, el Consejo General lo confirmará como Consejo Federal para Inglaterra.

## XIII. Resoluciones especiales de la Conferencia

1. La Conferencia aprueba la incorporación de los refugiados de la Comuna que el Consejo General ha acogido en su seno.

2. La Conferencia declara que los obreros alemanes cumplieron con su deber durante la guerra franco-alemana.

3. La Conferencia agradece a los miembros de la federación española la presentación de su memoria sobre la organización de la Internacional, que es una nueva prueba de su celo por nuestra obra común.

4. El Consejo General publicará inmediatamente una declaración formal en el sentido de que la Asociación Internacional de los Trabajadores no tiene absolutamente nada que ver con la llamada conspiración de Necháyev,[^8] que ha usurpado y explotado fraudulentamente su nombre.

## XIV. Instrucción para el delegado Utin

Se ruega al delegado Utin[^9] que publique en *L'Égalité* de Ginebra un informe resumido sobre el proceso Necháyev, basado en las fuentes rusas. Este informe se comunicará al Consejo General antes de su publicación.

## XV. Convocatoria del próximo congreso

La Conferencia deja a la decisión del Consejo General, según los acontecimientos, fijar la fecha y el lugar del próximo congreso o de la conferencia que eventualmente lo sustituya.

## XVI. Alliance de la Démocratie Socialiste

Considerando:

que la Alliance de la Démocratie Socialiste se ha declarado disuelta (véase la carta del secretario de la Alliance, N. Zhukovski,[^10] al Consejo General, fechada el 10 de agosto de 1871);

que la Conferencia decidió en su sesión del 18 de septiembre (véase el núm. II de esta circular) que todas las organizaciones existentes de la Internacional, de acuerdo con la letra y el espíritu de los Estatutos generales, se denominarán en adelante simple y exclusivamente ramas, secciones, federaciones, etc., de la Asociación Internacional de los Trabajadores, añadiendo el nombre de su respectiva localidad;

que, por lo tanto, no se permite en adelante a las ramas y sociedades existentes adoptar nombres de secta, como por ejemplo los de positivistas, mutualistas, colectivistas, comunistas, etc., ni formar organismos separatistas que, con el nombre de secciones de propaganda, etc., se atribuyan una misión especial, distinta de los fines comunes de la Internacional;

que el Consejo General deberá interpretar y aplicar en adelante en este sentido el artículo V de las resoluciones administrativas del Congreso de Basilea, que dice: «El Consejo General tiene derecho a admitir o rechazar la afiliación de una nueva sección o grupo, salvo apelación al próximo congreso», la Conferencia declara zanjada la cuestión de la Alliance de la Démocratie Socialiste.

## XVII. Escisión en la parte francófona de Suiza

1. Se declaran inadmisibles las diversas objeciones del comité federal de las secciones del Jura contra la competencia de la Conferencia. (Lo que antecede no es más que un resumen del artículo 1, que se ha publicado literalmente en *L'Égalité* de Ginebra.)[^11]

2. La Conferencia aprueba la resolución del Consejo General del 29 de junio de 1870.[^12]

Además, en vista de las persecuciones a que está sometida actualmente la Internacional, la Conferencia apela al espíritu de solidaridad y de unión que debe animar ahora más que nunca a los obreros. Aconseja a los valientes obreros de las secciones del Jura que vuelvan a unirse a las secciones de la Federación Romanda. Si esta reunificación no fuera factible, decide que la federación de las secciones separadas adopte el nombre de Federación del Jura (Fédération Jurassienne). Anuncia además que en adelante el Consejo General estará obligado a denunciar y desautorizar públicamente a todos los supuestos órganos de la Internacional que, siguiendo el ejemplo de *Le Progrès* y de *La Solidarité*, discutan en sus columnas, ante el público burgués, cuestiones que solo son apropiadas para el debate en los comités locales y federales, en el Consejo General o en las sesiones administrativas a puerta cerrada de los congresos federales o generales.

## Nota

Las resoluciones de la Conferencia no destinadas a la publicidad se comunicarán a los consejos federales de los distintos países por medio de los secretarios corresponsales del Consejo General.

En nombre y por encargo de la Conferencia:

El *Consejo General:*

*R. Applegarth, M. J. Boon, Fred. Bradnick, G. H. Buttery, Delahaye, Eugène Dupont* (ausente en misión), *William Hales, G. Harris, Hurlimann, Jules Johannard, Fred. Leßner, Lochner, Harriet Law,*[^13] *Charles Longuet, Constant Martin, Zévy Maurice, Henry Mayo, George Milner, Charles Murray, Pfänder, John Roach, Rühl, Sadler, Cowell Stepney, Alfred Taylor, W. Townshend, E. Vaillant, John Weston*

*Secretarios corresponsales:*

*Alfred Herman*, para Bélgica; *Th. Mottershead*, para Dinamarca; *Karl Marx*, para Alemania y Rusia; *A. Serraillier*, para Francia; *Ch. Rochat*, para Holanda; *J. P. Mac Donnel*, para Irlanda; *Friedrich Engels*, para Italia y España; *Leo Frankel*, para Austria y Hungría; *Walery Wróblewski*, para Polonia; *Hermann Jung*, para Suiza; *J. G. Eccarius*, para los Estados Unidos; *C. Le Moussu*, para las secciones francesas de los Estados Unidos

*F. Engels*, presidente  
*Hermann Jung*, tesorero  
*John Hales*, secretario general

256, High Holborn, Londres, W.C.  
17 de octubre de 1871

Doy fe de la traducción:  
El secretario para Alemania: *Karl Marx*

[^1]: El IV Congreso de la Internacional, celebrado en Basilea en septiembre de 1869, aprobó unas resoluciones administrativas sobre la organización de la Asociación.

[^2]: En la edición inglesa: «en una hoja especial del carné de miembro o en el ejemplar de los Estatutos».

[^3]: El I Congreso de la Internacional, celebrado en Ginebra en septiembre de 1866, aprobó, sobre la base de las instrucciones redactadas por Marx para los delegados del Consejo Central, una resolución sobre una encuesta estadística de la situación de la clase obrera. Véase [1866 Instrucciones para los delegados del Consejo Central Provisional](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1866%20Instrucciones%20para%20los%20delegados%20del%20Consejo%20Central%20Provisional).

[^4]: Las palabras «como medio» faltaban en las traducciones francesas de los Estatutos que circulaban entonces, y los partidarios de la abstención política se apoyaban en esa omisión.

[^5]: Véase [1864 Manifiesto inaugural de la Asociación Internacional de los Trabajadores](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1864%20Manifiesto%20inaugural%20de%20la%20Asociaci%C3%B3n%20Internacional%20de%20los%20Trabajadores).

[^6]: Véase [1870 Proclama del Consejo General de la Asociación Internacional de los Trabajadores sobre la persecución de los miembros de las secciones francesas](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1870%20Proclama%20del%20Consejo%20General%20de%20la%20Asociaci%C3%B3n%20Internacional%20de%20los%20Trabajadores%20sobre%20la%20persecuci%C3%B3n%20de%20los%20miembros%20de%20las%20secciones%20francesas).

[^7]: Véase la nota 4.

[^8]: Serguéi Guennádievich Necháyev (1847-1882), conspirador ruso, que en 1869 se presentó en Rusia como enviado de la Internacional; el proceso contra sus seguidores se celebró en San Petersburgo en julio-agosto de 1871.

[^9]: Nikolái Isaákovich Utin (1841-1883), emigrado ruso, miembro de la sección rusa de la Internacional en Ginebra y adversario de Bakunin.

[^10]: Nikolái Ivánovich Zhukovski (1833-1895), emigrado ruso, partidario de Bakunin.

[^11]: Véase la «Resolución de la Conferencia de Londres sobre las disensiones en la Suiza romanda», publicada en *L'Égalité* del 21 de octubre de 1871.

[^12]: Véase [1870 Resolución del Consejo General sobre el Comité Federal Romando](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1870%20Resoluci%C3%B3n%20del%20Consejo%20General%20sobre%20el%20Comit%C3%A9%20Federal%20Romando).

[^13]: El nombre de Harriet Law (1831-1897), librepensadora inglesa, miembro del Consejo General, falta en la edición inglesa.
