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Title: Sobre la historia de los campesinos prusianos (1885)
Description: Introducción de Engels a «La milmillonada silesia» de Wilhelm Wolff: cómo la nobleza del este del Elba convirtió en siervos a los campesinos colonos libres, les robó la tierra con el «despojo de campesinos» y les cobró después mil millones de marcos por redimir unas cargas impuestas contra todo derecho.
Author: Friedrich Engels
Date: 1885-11-24
URL: https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1885%20Sobre%20la%20historia%20de%20los%20campesinos%20prusianos
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*Escrito por Friedrich Engels en Londres el 24 de noviembre de 1885 como introducción a Wilhelm Wolff,* Die schlesische Milliarde *(Hottingen-Zúrich, 1886), reedición de los artículos que Wolff publicó en la* Neue Rheinische Zeitung *en marzo y abril de 1849. Traducido de Karl Marx/Friedrich Engels,* Werke*, tomo 21 (Berlín, 1962, pp. 238-247), sin su aparato editorial, por la Escuela de marxismo, 2026. Las notas son nuestras, salvo las de Engels. [Texto original en alemán](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/originales/1885%20Zur%20Geschichte%20der%20preu%C3%9Fischen%20Bauern).*

Para que se entienda el trabajo de Wolff que sigue,[^1] tengo que anteponerle unas palabras.

La Alemania situada al este del Elba y al norte de los Montes Metálicos y de los Montes de los Gigantes es una tierra arrebatada en la segunda mitad de la Edad Media a los eslavos que la habían invadido y vuelta a germanizar por colonos alemanes. Los caballeros y barones alemanes conquistadores, entre quienes se repartió la tierra, se presentaron como «fundadores» de aldeas y dividieron su territorio en términos aldeanos, cada uno de los cuales se repartía a su vez en cierto número de haciendas campesinas o mansos (*Hufen*) de igual tamaño. A cada manso le correspondía un solar con corral y huerto en la aldea misma. Estos mansos se sorteaban entre los colonos francos (francos del Rin y neerlandeses), sajones y frisones atraídos al país; a cambio, los colonos debían al fundador, es decir, al caballero o al barón, tributos y servicios muy moderados y fijados de antemano. Mientras cumplieran estas prestaciones, los campesinos eran señores hereditarios de sus mansos. Además tenían en el bosque del fundador (el posterior señor de la finca) los mismos derechos de aprovechamiento de leña, pastos, montanera, etc., que los campesinos de Alemania occidental tenían en su marca común.[^2] El término cultivado de la aldea estaba sujeto a la rotación obligatoria de cultivos y se trabajaba casi siempre según el sistema de tres hojas, en hoja de invierno, hoja de verano y barbecho; los campos en barbecho y los ya cosechados los pastaba en común el ganado de los campesinos y del fundador. Todos los asuntos de la aldea se resolvían por mayoría en la asamblea de los vecinos de la comunidad, es decir, de los poseedores de mansos. Los derechos de los fundadores nobles se limitaban al cobro de las prestaciones y al aprovechamiento compartido del pasto del barbecho y del rastrojo, al excedente del producto de los bosques y a la presidencia de la asamblea de los vecinos, todos ellos hombres personalmente libres. Esta era la situación media de los campesinos alemanes desde el Elba hasta Prusia Oriental y Silesia. Y esta situación era en conjunto considerablemente más ventajosa que la de los campesinos de la Alemania occidental y meridional en la misma época, que ya se hallaban entonces en una lucha violenta y siempre renovada con los señores feudales por sus viejos derechos heredados y que en gran parte habían caído ya en una forma de dependencia mucho más opresiva, que amenazaba o incluso anulaba su libertad personal.

La creciente necesidad de dinero de los señores feudales en los siglos XIV y XV llevó también en el nordeste, como es natural, a intentos de oprimir y explotar a los campesinos en contra de lo pactado. Pero en modo alguno en la misma medida ni con el mismo éxito que en el sur de Alemania. Al este del Elba la población era todavía escasa y las tierras yermas todavía extensas; roturar esos yermos, extender el cultivo y fundar nuevas aldeas tributarias seguía siendo aquí el medio más seguro de enriquecerse también para el señor territorial feudal; a ello se añadía que aquí, en la frontera del Imperio con Polonia, se habían formado ya Estados mayores —Pomerania, Brandeburgo, el electorado de Sajonia (Silesia era austriaca)—, y por eso se respetaba mejor la paz territorial y se reprimían con más energía las guerras privadas y los saqueos de la nobleza que en los territorios fragmentados del Rin, de Franconia y de Suabia; y quien más sufría ese perpetuo estado de guerra era precisamente el campesino.

Solo en la vecindad de aldeas polacas o lituano-prusianas sometidas se daba ya con más frecuencia el intento de la nobleza de empujar a los colonos asentados según el derecho alemán de las haciendas a la misma servidumbre que a los súbditos polacos y prusianos.[^3] Así ocurría en Pomerania y en el territorio de la Orden Teutónica en Prusia, más raramente en Silesia.

A consecuencia de esta situación más favorable, los campesinos del este del Elba permanecieron casi al margen del poderoso movimiento de los campesinos de la Alemania meridional y occidental en el último cuarto del siglo XV y el primero del XVI, y cuando estalló la revolución de 1525 solo encontró en Prusia Oriental un eco débil, sofocado sin gran esfuerzo. Los campesinos del este del Elba dejaron en la estacada a sus hermanos rebeldes, y les pasó lo que se merecían. En las comarcas donde se había desatado la gran guerra campesina, los campesinos fueron convertidos sin más en siervos, sometidos a prestaciones personales y cargas sin medida, que dependían solo del arbitrio del señor territorial, y su marca libre pasó a ser sencillamente propiedad señorial, en la que solo conservaron los aprovechamientos que el señor les concedía por su gracia. Este mismo estado ideal del señorío territorial feudal, al que la nobleza alemana había aspirado en vano durante toda la Edad Media y que ahora, con la decadencia de la economía feudal, alcanzaba por fin, se fue extendiendo poco a poco a las tierras del este del Elba. No solo se convirtieron en concesiones revocables por gracia del señor los derechos de aprovechamiento en el bosque señorial que correspondían a los campesinos por contrato, en la medida en que no se los hubieran recortado ya antes; no solo se aumentaron contra todo derecho las prestaciones personales y los censos, sino que se introdujeron además cargas nuevas, como los laudemios (tributos al señor a la muerte del campesino poseedor de la hacienda), que se tenían por señales de la servidumbre, o se dio a prestaciones antiguas, tradicionales e inofensivas el carácter de las que solo prestan los siervos y no los hombres libres. En menos de cien años, los campesinos libres del este del Elba quedaron así convertidos en siervos, primero de hecho y poco después también de derecho.

Entretanto, la nobleza feudal se aburguesaba cada vez más. Se convertía en medida siempre creciente en deudora de los capitalistas de dinero de las ciudades, y con ello el dinero se le volvía una necesidad apremiante. Pero al campesino, su siervo, no había manera de sacarle dinero, sino en primer lugar solo trabajo o productos agrícolas, y aun de estos las haciendas campesinas, cultivadas en las condiciones más penosas, apenas daban un mínimo por encima del sustento más mísero de los poseedores que las trabajaban. Al lado, en cambio, estaban las extensas y lucrativas fincas de los monasterios, cultivadas por cuenta del señor con trabajo servil de siervos o de vasallos sujetos, bajo una vigilancia entendida. Este tipo de explotación la pequeña nobleza casi nunca había podido practicarla hasta entonces, y la nobleza más poderosa y los príncipes solo excepcionalmente en sus dominios. Pero ahora, por un lado, la paz territorial restablecida hacía posible en todas partes el gran cultivo, mientras que, por otro, la creciente necesidad de dinero de la nobleza se lo imponía cada vez más. La explotación de grandes fincas por cuenta del señor territorial mediante el trabajo servil de campesinos siervos se convirtió así poco a poco en la fuente de ingresos que había de resarcir a la nobleza de la caballería de rapiña, ya pasada de moda. Pero ¿de dónde sacar la superficie necesaria? El noble era, es cierto, señor territorial de un territorio mayor o menor, pero este, salvo pocas excepciones, estaba enteramente cedido a campesinos censatarios hereditarios, que tenían sobre sus solares y mansos, lo mismo que sobre los derechos de la marca, exactamente el mismo derecho —mientras cumplieran las prestaciones pactadas— que el propio señor. Había que ponerle remedio, y para ello hacía falta ante todo convertir a los campesinos en siervos. Pues aunque expulsar de casa y hacienda a campesinos siervos era tan violación del derecho y tan acto de fuerza como expulsar a censatarios libres, gracias al derecho romano, que se había ido infiltrando, resultaba mucho más fácil de disfrazar. En resumen, una vez lograda la conversión de los campesinos en siervos, se expulsaba al número necesario de ellos o se los volvía a asentar en tierra señorial como *Kotsassen*, jornaleros con choza y huertecillo. Si los antiguos castillos fortificados de la nobleza cedían el paso a sus nuevas casas solariegas más o menos abiertas, por eso mismo, y en medida mucho mayor, las haciendas de campesinos antes libres cedían el paso a las míseras chozas de sirvientes siervos.

Una vez instalada la hacienda señorial —el *dominium*, como se le llama en Silesia—, ya solo se trataba de poner en movimiento la fuerza de trabajo de los campesinos para cultivarla. Y aquí se mostró la segunda ventaja de la servidumbre. Las anteriores prestaciones personales de los campesinos, fijadas por contrato, no estaban calculadas en modo alguno para este fin. En su gran mayoría se limitaban a servicios de interés público —construcción de caminos y puentes, etc.—, trabajos de construcción en el castillo señorial, trabajos de las mujeres y las muchachas en el castillo en diversas ramas de la industria y servicio doméstico personal. Pero en cuanto el campesino quedó convertido en siervo y los juristas romanistas equipararon este al esclavo romano, el noble señor cambió por completo de tono. Con la aprobación de los juristas sentados en el tribunal, exigía ahora de los campesinos servicios sin medida, cuantos quisiera, cuando y donde le viniera en gana. El campesino tenía que prestar servicio, acarrear, arar, sembrar y cosechar para el señor de la finca en cuanto se le llamaba, aunque descuidara su propio campo y la lluvia le echara a perder su propia cosecha. Y del mismo modo se le subía el censo en grano o en dinero hasta los últimos límites de lo posible.

No acabó ahí la cosa. El príncipe territorial, no menos noble, que al este del Elba existía en todas partes, también necesitaba dinero, mucho dinero. A cambio de que permitiera a la nobleza sojuzgar a sus campesinos, la nobleza le permitía gravar a esos mismos campesinos con impuestos del Estado. ¡La nobleza misma, claro está, estaba exenta de impuestos! Y para coronarlo todo, ese mismo príncipe territorial sancionó la conversión, ya consumada en la práctica, del antiguo derecho del señor a presidir el tribunal libre de los vecinos campesinos, hacía mucho suprimido, en el derecho de jurisdicción patrimonial y de policía señorial, según el cual el señor de la finca no solo era jefe de policía, sino también juez único de sus campesinos, incluso en causa propia, de modo que el campesino solo podía demandar al señor ante el señor mismo. Con eso este era legislador, juez y ejecutor en una sola persona y señor absolutamente ilimitado en su finca.

Esta situación infame, que no tiene igual ni siquiera en Rusia —pues allí el campesino tenía al menos su comunidad, que se gobernaba a sí misma—, alcanzó su punto culminante en el período que va de la guerra de los Treinta Años a la salvadora derrota de Jena. Las calamidades de la guerra de los Treinta Años permitieron a la nobleza consumar el sojuzgamiento de los campesinos; el abandono de innumerables haciendas campesinas permitió agregarlas sin trabas al *dominium* de la finca de caballero; el reasentamiento de la población, arrojada a la vagancia por la devastación de la guerra, le dio el pretexto para atarla a la gleba como siervos con más motivo todavía. Pero eso también solo por poco tiempo. Pues apenas cicatrizaron más o menos, en los cincuenta años siguientes, las terribles heridas de la guerra, se volvieron a cultivar los campos y creció la población, resurgió el hambre de los nobles señores territoriales por la tierra y el trabajo de los campesinos. El *dominium* señorial no era bastante grande para absorber todo el trabajo que aún podía sacarse a golpes de los siervos, y aquí lo de «sacar a golpes» ha de entenderse en el sentido más literal. El sistema de degradar a los campesinos a *Kotsassen*, jornaleros siervos, había dado excelentes resultados. Desde comienzos del siglo XVIII se pone cada vez más en boga; ahora se llama *Bauernlegen*, «despojar a los campesinos».[^4] Se «despoja» a tantos campesinos como se puede, según las circunstancias; al principio se deja todavía a los necesarios para las prestaciones de tiro y el resto se convierte en *Kotsassen* (*Dreschgärtner*, *Häusler*, *Instleute* y como se llamen),[^5] que por una choza con un trozo de patatal tienen que deslomarse en la finca año tras año a cambio de un mísero jornal en grano y muy poco en dinero. Donde el noble señor es lo bastante rico para poner su propio ganado de tiro, se «despoja» también a los campesinos que quedan y se agregan sus mansos a la hacienda señorial. De este modo se ha reunido toda la gran propiedad territorial de la nobleza alemana, y sobre todo la del este del Elba, *con tierra robada a los campesinos*, y si se les quita a los ladrones sin indemnización alguna, ni siquiera se les hace toda la justicia que merecen. En rigor, tendrían que pagar ellos una indemnización encima.

Poco a poco los príncipes se dieron cuenta de que este sistema, por útil que fuera para la nobleza, no iba en absoluto en su interés. Los campesinos habían pagado impuestos al Estado antes de que los despojaran; de sus mansos, unidos al *dominium* exento de impuestos, el Estado no recibía ni un ochavo, y apenas un céntimo de los *Kotsassen* nuevamente asentados. Una parte de los campesinos despojados, superflua para la explotación de la finca, era además expulsada sin más y quedaba así libre, es decir, libre como un pájaro.[^6] La población del campo disminuía, y desde que el príncipe empezó a completar su costoso ejército de enganche por la vía más barata de la leva entre los campesinos, esto no le era en absoluto indiferente. Así encontramos, sobre todo en Prusia, a lo largo de todo el siglo XVIII, una ordenanza tras otra destinadas a poner coto al despojo de campesinos; pero les pasa lo que a noventa y nueve centésimas partes del inmenso papelorio que los gobiernos alemanes han escrito desde las capitulares de Carlomagno: solo valían sobre el papel, a la nobleza apenas le estorbaban, y el despojo de campesinos siguió adelante.

Ni siquiera el terrible escarmiento que la gran revolución dio en Francia a la obstinada nobleza feudal asustó más que por un momento. Todo siguió como antes, y lo que no había podido Federico II mucho menos lo podía su débil y corto de vista sobrino[^7] Federico Guillermo III. Entonces llegó la venganza. El 14 de octubre de 1806 todo el Estado prusiano quedó hecho pedazos en un solo día en Jena y Auerstedt, y el campesino prusiano tiene todos los motivos para celebrar ese día y el 18 de marzo de 1848 más que todas las victorias prusianas desde Mollwitz hasta Sedán. Ahora, al gobierno prusiano, rechazado hasta más allá de la frontera rusa, empezó por fin a alborearle una débil luz: que no se podía vencer a los hijos de campesinos franceses libres y propietarios con los hijos de siervos sujetos a prestaciones, expuestos a diario a ser expulsados de casa y hacienda; ahora por fin se dio cuenta de que el campesino es, por así decirlo, también un hombre. Ahora había que intervenir.

Pero apenas se firmó la paz y la corte y el gobierno regresaron a Berlín, los nobles propósitos se derritieron como el hielo al sol de marzo. El celebérrimo edicto del 9 de octubre de 1807 había abolido, es cierto, sobre el papel el nombre de la servidumbre o sujeción hereditaria (*Erbuntertänigkeit*) (¡y eso a partir de San Martín de 1810!), pero en la realidad lo había dejado casi todo como estaba. Y así se quedó; el rey, tan pusilánime como cerrado, se dejaba guiar como siempre por la nobleza saqueadora de campesinos, hasta el punto de que en 1808-1810 aparecieron cuatro ordenanzas que volvían a permitir a los señores el despojo de campesinos en toda una serie de casos, en contradicción con el edicto de 1807. Solo cuando la guerra de Napoleón contra Rusia estaba ya a la vista se acordaron otra vez de que se iba a necesitar a los campesinos, y se promulgó el edicto del 14 de septiembre de 1811, por el que se *recomendaba* a campesinos y señores que se pusieran de acuerdo amistosamente en un plazo de dos años sobre la redención de las prestaciones personales y cargas y del dominio eminente del señor, con el aviso de que después una comisión real llevaría a cabo ese arreglo de manera forzosa según reglas determinadas. La regla principal era que el campesino, a cambio de ceder un tercio de su tierra (o su valor en dinero), se convertiría en propietario libre del trozo que le quedara. Pero incluso esta redención, tan enormemente ventajosa para la nobleza, se quedó en música del porvenir. Porque la nobleza dio largas para obtener todavía más, y pasados los dos años Napoleón estaba otra vez en el país.

Apenas fue expulsado este definitivamente del país —entre continuas promesas de constitución y de representación popular por parte del rey, lleno de miedo—, todas las bellas promesas se olvidaron de nuevo. Ya el 29 de mayo de 1816 —no había pasado ni un año desde la victoria de Waterloo— se promulgó una declaración del edicto de 1811 que decía ya algo muy distinto. La redimibilidad de las cargas feudales ya no era aquí la regla, sino la excepción: solo había de valer para aquellas fincas de labor estimadas en los catastros de la contribución territorial (es decir, las mayores) que ya en 1749 en Silesia, en 1752 en Prusia Oriental, en 1763 en Brandeburgo y Pomerania[^8] y en 1774 en Prusia Occidental estuvieran ocupadas por labradores campesinos. ¡Además, podían mantenerse algunas prestaciones personales en la siembra y la cosecha! Y cuando por fin, en 1817, se pusieron en serio a trabajar las comisiones de redención, la legislación agraria marchaba hacia atrás mucho más deprisa de lo que las comisiones agrarias avanzaban. El 7 de junio de 1821 se dictó una nueva ordenanza de redención por la que se volvía a inculcar la limitación de la redimibilidad a las haciendas campesinas mayores, las llamadas *Ackernahrungen*, y se establecía expresamente la perpetuación de las prestaciones personales y demás cargas feudales para los titulares de explotaciones más pequeñas: *Kotsassen*, *Häusler*, *Dreschgärtner*, en una palabra, todos los jornaleros asentados. Esa fue en adelante la regla. Solo en 1845, por excepción, se hizo posible para Sajonia y Silesia redimir también esta clase de cargas de otro modo que por consentimiento mutuo del señor y del campesino, para lo cual, naturalmente, no hacía falta ley alguna. Además, el importe en capital con que podían rescatarse de una vez para siempre los servicios convertidos en renta en dinero o en grano se fijó en veinticinco veces la renta, y los pagos solo podían hacerse en sumas de al menos 100 táleros de una vez; mientras que ya en 1809 se había permitido a los campesinos de los dominios del Estado el rescate por veinte veces el importe de la renta. En resumen, la tan celebrada e ilustrada legislación agraria del «Estado de la inteligencia» no tenía más que una aspiración: salvar del feudalismo todo lo que todavía pudiera salvarse.

El resultado práctico estuvo a la altura de estas medidas lamentables. Las comisiones agrarias entendieron a la perfección las benévolas intenciones del gobierno y, como describe Wolff con detalle y crudeza, se encargaron de que en las redenciones el campesino quedara debidamente estafado en provecho del noble. De 1816 a 1848 se redimieron 70.582 propietarios campesinos con una tierra total de 5.158.827 yugadas (*Morgen*);[^9] eran 6/7 de todos los campesinos mayores sujetos a cargas. En cambio, de los poseedores de parcelas más pequeñas solo se redimieron 289.651 (de ellos, más de 228.000 en Silesia, Brandeburgo y Sajonia). El número total de días de servicio anuales redimidos fue de 5.978.295 jornadas de tiro y 16.869.824 jornadas a mano. A cambio, la alta nobleza recibió la siguiente compensación: en pagos de capital, 18.544.766 táleros; en rentas en dinero, 1.599.992 táleros al año; en rentas en centeno, 260.069 fanegas (*Scheffel*) al año; y por último, en tierra campesina cedida, 1.533.050 yugadas.[^10] ¡Además de las demás indemnizaciones, los antiguos señores recibieron, pues, un tercio entero de la tierra que hasta entonces había sido de los campesinos!

El año 1848 abrió por fin los ojos a los junkers de aldea prusianos, tan cerrados como presuntuosos. Los campesinos —sobre todo en Silesia, donde más desarrollado estaba el sistema de los latifundios y la consiguiente degradación de la población a *Kotsassen* jornaleros— asaltaron los castillos, quemaron los documentos de redención ya firmados y obligaron a los nobles señores a renunciar por escrito a toda prestación ulterior. Estos excesos —criminales también a los ojos de la burguesía, entonces en el poder— fueron reprimidos, es cierto, por la fuerza militar y castigados con severidad; pero ahora hasta el cráneo de junker más descerebrado comprendió una cosa: las prestaciones personales se habían vuelto imposibles; ¡mejor ninguna que las de estos campesinos rebeldes! Ahora ya solo se trataba de salvar lo que todavía pudiera salvarse; y la nobleza terrateniente tuvo de verdad la desfachatez de exigir indemnización por estas prestaciones que se habían vuelto imposibles. Y apenas la reacción volvió a estar más o menos firme en la silla, satisfizo este deseo.

Antes, sin embargo, llegó todavía la ley del 9 de octubre de 1848, que suspendía todas las negociaciones de redención pendientes y los pleitos derivados de ellas, así como toda una serie de otros pleitos entre señores y campesinos. Con ello quedaba condenada toda la tan alabada legislación agraria desde 1807. Pero después, en cuanto la llamada Asamblea Nacional de Berlín fue felizmente disuelta y triunfó el golpe de Estado,[^11] el ministerio feudal-burocrático Brandenburg-Manteuffel se sintió lo bastante fuerte para dar a la nobleza un buen paso a su encuentro. Promulgó la ordenanza provisional del 20 de diciembre de 1848, por la que se restablecían sobre el antiguo pie, con pocas excepciones, los servicios, etc., que los campesinos debían prestar hasta nueva regulación. Fue esta ordenanza la que dio ocasión a nuestro Wolff para tratar de la situación de los campesinos silesios en la *Neue Rheinische Zeitung*.

Pasó sin embargo más de un año hasta que se aprobó la nueva y definitiva ley de redención del 2 de marzo de 1850. No se puede condenar con más dureza la legislación agraria de 1807-1847, que todavía hoy los patriotas prusianos ponen por las nubes, de lo que se hace, a regañadientes, en la exposición de motivos de esta ley; y quien habla aquí es el ministerio Brandenburg-Manteuffel.

En suma: algunas cargas insignificantes se suprimieron sin más; se decretó la redención de las demás mediante su conversión en rentas en dinero y la capitalización de estas por dieciocho veces su importe, y para facilitar el pago del capital se crearon bancos de rentas (*Rentenbanken*), que, mediante conocidas operaciones de amortización, habían de pagar al señor veinte veces el importe de la renta, mientras que el campesino quedaba libre de toda obligación tras pagar cuotas de amortización durante cincuenta y seis años.

Si en la exposición de motivos el ministerio condenaba toda la legislación agraria anterior, la comisión de la Cámara condenaba la nueva ley. Esta no había de aplicarse a la orilla izquierda del Rin, liberada hacía mucho por la Revolución francesa de todos esos trastos; la comisión estuvo de acuerdo, porque de los 109 artículos del proyecto de ley a lo sumo uno solo sería aplicable allí,

«mientras que todas las demás disposiciones no encajan allí en absoluto, y más bien podrían provocar fácilmente confusión y agitación innecesaria… porque la legislación de la orilla izquierda del Rin en lo que se refiere a la abolición de las cargas reales[^12] *ha ido mucho más lejos de lo que se quiere ir en la actualidad*»,

y no se podía pretender que los renanos se dejaran rebajar de nuevo al estado ideal de la nueva Prusia.

Ahora, por fin, se emprendió en serio la eliminación de las formas feudales de trabajo y de explotación. En pocos años se llevó a cabo el rescate de los campesinos. De 1850 a finales de 1865 se redimieron: 1) el resto de los propietarios campesinos mayores, que ya solo eran 12.706, con una superficie de 352.305 yugadas; 2) los poseedores más pequeños, incluidos los *Kotsassen*; pero mientras que hasta 1848 se habían redimido poco menos de 290.000, en los últimos quince años se rescataron nada menos que 1.014.341. En consonancia, el número de jornadas de tiro redimidas que correspondían a las explotaciones mayores fue solo de 356.274, mientras que el de jornadas a mano fue de 6.670.507. Asimismo, la indemnización pagada en tierras, que recaía solo en las haciendas campesinas mayores, fue de solo 113.071 yugadas, y la renta anual que había que pagar en centeno, de 55.522 fanegas. En cambio, la nobleza terrateniente recibió 3.890.136 táleros en nuevas rentas anuales en dinero y, además, otros 19.697.483 táleros como liquidación definitiva en capital.[^13]

La suma que el conjunto de los señores territoriales prusianos, incluidos los dominios del Estado, se ha hecho pagar del bolsillo de los campesinos por la devolución libre de una parte de la tierra que antes —hasta bien entrado este siglo— les había robado asciende, según Meitzen, I, p. 437, a 213.861.035 táleros. Pero esto es demasiado poco. Porque aquí la yugada de tierra cultivada se calcula a «solo» 20 táleros, la yugada de bosque a 10 táleros y la fanega de centeno a 1 tálero, es decir, muy por lo bajo. Además, aquí solo se toman como base las «indemnizaciones establecidas con seguridad», o sea, que se dejan fuera por lo menos todos los arreglos hechos en privado entre las partes, como dice el propio Meitzen, para quien las prestaciones redimidas que aquí se enumeran, y por tanto también las indemnizaciones pagadas por ellas, son solo un «mínimo».

Podemos, pues, calcular la suma pagada por los campesinos a la nobleza y al fisco para liberarse de cargas impuestas contra todo derecho en al menos 300.000.000 de táleros, quizá mil millones de marcos.

¡Mil millones de marcos, solo para recuperar libre de cargas la parte más pequeña de la tierra robada desde hace cuatrocientos años! La parte más pequeña, porque la parte con mucho mayor se la quedaron de todos modos la nobleza y el fisco en forma de mayorazgos y otras fincas de caballero y de dominios.

Londres, 24 de noviembre de 1885

*Friedrich Engels*

[^1]: Wilhelm Wolff (1809-1864), hijo de un siervo silesio, redactor de la *Neue Rheinische Zeitung*, amigo de Marx y de Engels, a quien Marx dedicó el primer tomo de *El capital*. *Die schlesische Milliarde* (‘la milmillonada silesia’) reunía su serie de artículos publicada en la *Neue Rheinische Zeitung* en marzo y abril de 1849. Engels escribió su biografía: [Wilhelm Wolff](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1876%20Wilhelm%20Wolff) (1876).

[^2]: La *Mark*, tierra comunal de la aldea o de la comunidad de la marca. Engels trató su historia en [La marca](https://marxismo.school/archivo/marx-engels/1882%20La%20marca) (1882).

[^3]: Los «prusianos» son aquí los antiguos prusianos (*Pruzzen*), pueblo báltico sometido por la Orden Teutónica en el siglo XIII.

[^4]: *Bauernlegen*: literalmente ‘tumbar’ o ‘quitar de en medio’ a los campesinos; la incorporación de sus haciendas a la finca señorial.

[^5]: Nombres regionales de los jornaleros asentados con choza y una parcela mínima: *Dreschgärtner* (‘hortelanos trilladores’) en Silesia, *Häusler* (‘caseros’), *Instleute* (‘inquilinos’ de la finca) en Prusia Oriental.

[^6]: Juego de palabras: *frei, d.h. vogelfrei*; *vogelfrei*, literalmente ‘libre como un pájaro’, significa ‘proscrito’, ‘fuera de la ley’, sin protección alguna. Marx usa la misma expresión para los campesinos expropiados en el capítulo de *El capital* sobre la acumulación originaria.

[^7]: En rigor, Federico Guillermo III era sobrino nieto de Federico II; el sobrino fue su padre, Federico Guillermo II (1786-1797).

[^8]: (Nota de Engels.) La perfidia prusiana es insondable. Se manifiesta aquí otra vez en la simple fecha. ¿Por qué se tomó 1763? Sencillamente porque al año siguiente, el 12 de julio de 1764, Federico II había promulgado un severo edicto en el que se ordenaba a los nobles recalcitrantes, bajo pena, que en el plazo de un año volvieran a ocupar con los labradores correspondientes las haciendas campesinas y los solares de *Kotsassen* incautados en masa desde 1740, y sobre todo desde el estallido de la guerra de los Siete Años. En la medida en que este edicto había tenido algún efecto, en 1816 se anula, pues, de nuevo en favor de la nobleza.

[^9]: El *Morgen* prusiano medía algo más de un cuarto de hectárea (0,255 ha); el *Scheffel* prusiano, unos 55 litros.

[^10]: (Nota de Engels.) Véase para esta estadística: *Meitzen*, *Der Boden des preußischen Staats*, I, p. 432 y ss.

[^11]: La Asamblea Nacional prusiana, elegida en mayo de 1848, fue trasladada de Berlín a Brandeburgo en noviembre y disuelta el 5 de diciembre de 1848, cuando el rey otorgó una constitución.

[^12]: *Reallasten*: cargas que gravan la tierra misma, sea quien sea su poseedor (censos, diezmos, prestaciones).

[^13]: (Nota de Engels.) Estas cifras resultan de la diferencia entre las sumas totales de las dos tablas de Meitzen, I, pp. 432 y 434.
