Reseña escrita por Karl Marx y Friedrich Engels en Londres y publicada en el cuaderno IV (abril de 1850) de la Neue Rheinische Zeitung. Politisch-ökonomische Revue (Londres-Hamburgo). Traducido de Karl Marx/Friedrich Engels, Werke, tomo 7 (Berlín, 1960, pp. 280-291), sin su aparato editorial, por la Escuela de marxismo, 2026. Las citas de Girardin se traducen de la versión alemana que dan los autores. Las notas son nuestras. Texto original en alemán.

Le socialisme et l'impôt [El socialismo y el impuesto], por Émile de Girardin. París, 1850.1

Hay dos clases de socialismo: el socialismo «bueno» y el socialismo «malo».

El socialismo malo es «la guerra del trabajo contra el capital». En su cuenta van todos los espantajos: reparto igualitario de las tierras, supresión de los lazos familiares, saqueo organizado, etc.

El socialismo bueno es «la concordia del trabajo y el capital». En su séquito figuran la abolición de la ignorancia, la eliminación de las causas del pauperismo, la constitución del crédito, la multiplicación de la propiedad, la reforma del impuesto; en una palabra, «el régimen que más se acerca a la idea que el hombre se hace del reino de Dios en la tierra».

Hay que servirse del socialismo bueno para ahogar al malo.

«El socialismo tiene una palanca; esta palanca era el presupuesto. Pero le faltaba un punto de apoyo para levantar el mundo. Ese punto de apoyo se lo ha dado la revolución del 24 de febrero: el sufragio universal.»

La fuente del presupuesto es el impuesto. El efecto del sufragio universal sobre el presupuesto ha de ser, pues, su efecto sobre el impuesto. Y mediante este efecto sobre el impuesto se realiza el socialismo «bueno».

«Francia no puede pagar más de 1200 millones de francos de impuestos al año. ¿Cómo os las arreglaréis para reducir los gastos a esa suma?»

«Desde hace treinta y cinco años habéis escrito tres veces, en dos cartas y una constitución,2 que todos los franceses deben contribuir a las cargas del Estado en proporción a su fortuna. Desde hace treinta y cinco años esta igualdad ante el impuesto es una mentira… Examinemos el sistema fiscal francés.»

I. Contribución territorial. La contribución territorial no grava por igual a los propietarios de tierras:

«Si dos fincas vecinas han recibido la misma valoración catastral, los dos propietarios pagan el mismo impuesto, sin distinguir entre el propietario aparente y el real»,

es decir, entre el propietario cargado de hipotecas y el libre de ellas.

Además, la contribución territorial no guarda proporción con los impuestos que recaen sobre las demás clases de propiedad. Cuando la Asamblea Nacional la estableció en 1790, estaba bajo la influencia de la escuela fisiocrática, que consideraba la tierra como la única fuente del producto neto y por eso echaba toda la carga fiscal sobre los propietarios de tierras. La contribución territorial se basa, pues, en un error económico. Con un reparto igual de los impuestos, al propietario de tierras le correspondería el 20 % de su renta, mientras que ahora paga el 53 %.

Por último, la contribución territorial, según su destino original, solo debía gravar al propietario, nunca al arrendatario ni al inquilino. En lugar de eso, según el señor Girardin, grava siempre al arrendatario y al inquilino.

Aquí el señor Girardin comete un error económico. O bien el arrendatario es un verdadero arrendatario, y entonces la contribución territorial grava al propietario o al consumidor, pero nunca a él; o bien, bajo la apariencia del arrendamiento, en el fondo no es más que el obrero del propietario, como en Irlanda y con frecuencia en Francia, y entonces los impuestos que se ponen al propietario le gravarán siempre a él, llámense como se llamen.

II. Contribución personal y mobiliaria. El objeto de este impuesto, decretado también en 1790 por la Asamblea Nacional, era gravar directamente el capital mueble. Como medida de la cuantía del capital se tomó el alquiler de la vivienda. En realidad, el impuesto grava al propietario de tierras, al campesino y al industrial, mientras que apenas carga o no carga en absoluto al rentista. Es, pues, la completa inversión de las intenciones de sus autores. Además, un millonario puede vivir en una buhardilla con dos sillas desvencijadas; injusto, etc.

III. Impuesto de puertas y ventanas. Atentado contra la salud del pueblo. Medida fiscal contra la pureza del aire y la luz del día.

«Casi la mitad de las viviendas de Francia tienen una puerta y ninguna ventana, o a lo sumo una puerta y una ventana.»

Este impuesto se aprobó el 24 de vendimiario del año VII (14 de octubre de 1799)3 por una urgente necesidad de dinero, como medida pasajera y extraordinaria, aunque en principio se lo rechazaba.

IV. Patente (impuesto industrial). Impuesto no sobre la ganancia, sino sobre el ejercicio de la industria. Castigo del trabajo. Cuando ha de gravar al industrial, grava en su mayor parte al consumidor. Por lo demás, también al establecer este impuesto en 1791 solo se trataba de satisfacer una necesidad momentánea de dinero.

V. Registro y timbre. El droit d'enregistrement4 procede de Francisco I y al principio no tenía finalidad fiscal (?). En 1790 se extendió la obligación de registro a los contratos que afectaban a la propiedad y se elevó la tasa. El impuesto está organizado de tal manera que la compraventa paga más que las donaciones y las herencias. El timbre es una invención puramente fiscal que grava por igual beneficios desiguales.

VI. Impuesto sobre las bebidas. Compendio de toda injusticia, traba a la producción, vejatorio, el más caro de recaudar. (Véase por lo demás el cuaderno III: «1848 a 1849. Consecuencias del 13 de junio».)5

VII. Aduanas. Fárrago sin plan, acumulado por la tradición, de tarifas aduaneras contradictorias, inútiles y dañinas para la industria. Por ejemplo, el algodón en rama paga en Francia un impuesto de 22 francos y 50 céntimos por cada 100 kilos. Passons outre.6

VIII. Arbitrios (octroi).7 Ni siquiera tienen el pretexto de proteger un ramo de la industria nacional. Aduana en el interior del país. Al principio, impuesto local para los pobres; ahora pesa sobre todo sobre las clases más pobres y adultera sus víveres. Opone a la industria nacional tantas barreras como ciudades hay.

Hasta aquí Girardin sobre los distintos impuestos. El lector habrá observado que su crítica es tan chata como acertada. Se reduce a tres argumentos:

1. que ningún impuesto grava nunca a la clase a la que, en la intención de quienes lo establecen, debe gravar, sino que se traslada a otra clase;

2. que todo impuesto temporal se asienta y se eterniza;

3. que ningún impuesto es proporcional a la fortuna, justo, igual, equitativo.

Estas objeciones económicas generales contra los impuestos existentes se repiten en todos los países. Pero el sistema fiscal francés tiene una peculiaridad característica. Igual que los ingleses en el derecho público y privado, los franceses, que en todo lo demás han codificado, simplificado y roto con la tradición partiendo de puntos de vista generales, son en el sistema fiscal el pueblo propiamente histórico. Girardin dice sobre este punto:

«En Francia vivimos bajo el imperio de casi todos los procedimientos fiscales del antiguo régimen. Talla, capitación, ayudas, aduanas, gabela, derecho de control, insinuaciones, escribanías, monopolio del tabaco, beneficios exagerados en el servicio de correos y en la venta de pólvora, lotería, prestaciones personales municipales o del Estado, alojamiento de tropas, arbitrios, peajes fluviales y de caminos, imposiciones extraordinarias:8 todo eso ha podido cambiar de nombre, pero todo eso subsiste en el fondo y no se ha hecho ni menos gravoso para el pueblo ni más productivo para el Tesoro. Nuestro sistema financiero no descansa sobre ninguna base científica. Refleja única y exclusivamente las tradiciones de la Edad Media, que a su vez son la herencia de la ignorante y rapaz fiscalidad romana.»

Y sin embargo nuestros padres ya gritaron en la Asamblea Nacional de la primera revolución:

«Solo hemos hecho la revolución para tener el impuesto en nuestras manos.»

Pero si este estado de cosas pudo durar bajo el Imperio, bajo la Restauración, bajo la monarquía de Julio, ahora ha sonado su hora:

«La abolición del privilegio electoral trae necesariamente consigo la abolición de toda desigualdad fiscal. No hay, pues, ni un momento que perder para emprender la reforma financiera, si no se quiere que la violencia ocupe el lugar de la ciencia… El impuesto es casi la única base sobre la que descansa nuestra sociedad… Se buscan muy lejos y muy arriba las reformas sociales y políticas; las más importantes están contenidas en el impuesto. Buscad aquí y hallaréis.»

¿Y qué hallamos?

«Tal como nosotros concebimos el impuesto, este debe ser una prima de seguro pagada por quienes poseen, para asegurarse contra todos los riesgos que podrían perturbarlos en su posesión y en su disfrute… Esta prima debe ser proporcional y de una exactitud rigurosa. Todo impuesto que no sea la garantía de un riesgo, el precio de una mercancía o el equivalente de un servicio debe abandonarse; solo admitimos dos excepciones: el impuesto sobre el extranjero (aduana) y el impuesto sobre la muerte (registro)… Así, el asegurado ocupa el lugar del contribuyente… Todo el que tiene interés en pagar paga, y paga solo en la medida de su interés… Vamos aún más lejos y decimos: todo impuesto se condena ya por el hecho de llevar el nombre de impuesto, de tributo. Todo impuesto debe ser abolido, pues lo propio del impuesto es ser obligatorio y el carácter del seguro es ser voluntario.»

No hay que confundir esta prima de seguro con un impuesto sobre la renta; es más bien un impuesto sobre el capital, igual que la prima de seguro no garantiza la renta, sino todo el fondo del patrimonio. El Estado hace exactamente lo mismo que las compañías de seguros, que no quieren saber lo que rinde la cosa asegurada, sino lo que vale.

«La fortuna nacional francesa se estima en un activo de 134 000 millones, del que hay que deducir un pasivo de 28 000 millones. Si el presupuesto de gastos se reduce a 1200 millones, bastaría con recaudar el 1 % del capital para poner al Estado a la altura de una colosal compañía de seguros mutuos.»

A partir de ese momento, ¡«se acabó la revolución»!

«La palabra autoridad es sustituida por la palabra solidaridad; el interés común se convierte en el lazo de los miembros de la sociedad.»

El señor Girardin no se conforma con esta propuesta general, sino que nos da a la vez el modelo de una póliza de seguro o inscripción como la que cada ciudadano ha de recibir del Estado.

Cada año el antiguo recaudador de impuestos entrega al asegurado una póliza que consta «de cuatro páginas del tamaño de un pasaporte». En la primera página figura el nombre del asegurado con su número de matrícula, junto con el modelo para los recibos de los plazos de la prima. En la segunda página figura la descripción personal exacta del asegurado y de su familia, junto con la autoevaluación detallada y debidamente certificada de todo su patrimonio; en la tercera página, el presupuesto del Estado con un balance general de Francia, y en la cuarta, noticias estadísticas de toda clase, más o menos útiles. Esta póliza sirve de pasaporte, de tarjeta electoral, de cartilla de viaje para los obreros, etc. Los registros de estas pólizas sirven a su vez al Estado para elaborar los cuatro grandes libros: el gran libro de la población, el gran libro de la propiedad, el gran libro de la deuda pública y el gran libro de la deuda hipotecaria, que juntos contienen una estadística completa de todos los recursos de Francia.

El impuesto ya no es, pues, más que la prima que paga el asegurado para ser admitido a participar de las siguientes ventajas: 1, derecho a la protección pública, a la justicia gratuita, al ejercicio gratuito de la religión, a la enseñanza gratuita, al crédito sobre prenda, a la pensión de la caja de ahorros; 2, exención del servicio militar en tiempo de paz; 3, protección contra la miseria; 4, indemnización por las pérdidas causadas por incendios, inundaciones, granizo, epizootias, naufragios.

Observamos además que el señor Girardin quiere cubrir las indemnizaciones que el Estado ha de pagar por las pérdidas de los asegurados con diversas multas, etc., con el producto de los bienes nacionales y de las tasas de registro y de aduana que se conservan, así como de los monopolios del Estado.

La reforma fiscal es el caballo de batalla de todos los burgueses radicales, el elemento específico de todas las reformas económicas burguesas. Desde los más antiguos burgueses de las ciudades medievales hasta los modernos freetraders ingleses,9 la lucha principal gira en torno a los impuestos.

La reforma fiscal persigue o bien la abolición de impuestos heredados de la tradición que estorban el desarrollo de la industria, o bien una administración del Estado más barata, o bien un reparto más igual. El burgués persigue el quimérico ideal del reparto igual de los impuestos con tanto más afán cuanto más se le escapa de las manos en la práctica.

Las relaciones de distribución, que descansan directamente sobre la producción burguesa, las relaciones entre salario y ganancia, entre ganancia e interés, entre renta del suelo y ganancia, pueden ser modificadas por el impuesto a lo sumo en puntos secundarios, pero nunca amenazadas en su base. Todas las investigaciones y debates sobre el impuesto presuponen la existencia eterna de estas relaciones burguesas. Incluso la abolición de los impuestos no podría hacer más que acelerar el desarrollo de la propiedad burguesa y de sus contradicciones.

El impuesto puede favorecer a determinadas clases y oprimir especialmente a otras, como vemos, por ejemplo, bajo la dominación de la aristocracia financiera. Solo arruina a las capas intermedias de la sociedad entre la burguesía y el proletariado, cuya posición no les permite trasladar la carga del impuesto a otra clase.

Con cada nuevo impuesto el proletariado es empujado un escalón más abajo; la abolición de un impuesto antiguo no eleva el salario, sino la ganancia. En la revolución, el impuesto, hinchado hasta proporciones colosales, puede servir como forma de ataque contra la propiedad privada; pero incluso entonces tiene que empujar hacia nuevas medidas revolucionarias o acabar devolviendo a las viejas relaciones burguesas.

La reducción del impuesto, su reparto más equitativo, etc., etc.: esa es la banal reforma burguesa. La abolición del impuesto: ese es el socialismo burgués. Este socialismo burgués se dirige sobre todo a las clases medias industriales y comerciales y a los campesinos. La gran burguesía, que ya vive en el mejor de los mundos, desdeña naturalmente la utopía de un mejor de los mundos.

El señor Girardin suprime el impuesto convirtiéndolo en una prima de seguro. Los miembros de la sociedad se aseguran mutuamente, mediante el pago de ciertos porcentajes, su patrimonio contra el fuego y el agua, contra el granizo y la quiebra, contra todos los riesgos imaginables que hoy perturban la tranquilidad del disfrute burgués. La contribución anual no solo la fijan todos los asegurados en conjunto, sino que la determina cada uno por sí mismo. Él mismo tasa su patrimonio. Las crisis comerciales y agrícolas, las pérdidas y quiebras en masa, todas las fluctuaciones y vicisitudes de la existencia burguesa, epidémicas desde la introducción de la industria moderna, todo el lado poético de la sociedad burguesa desaparece. La seguridad y el seguro universales se hacen realidad. El burgués tiene por escrito del Estado que en ninguna circunstancia puede arruinarse. Se han eliminado todos los lados sombríos del mundo existente, todos sus lados luminosos subsisten con mayor brillo; en suma, se ha realizado el régimen «que más se acerca a la idea que el burgués se hace del reino de Dios en la tierra». En lugar de la autoridad, la solidaridad; en lugar de la coacción, la libertad; en lugar del Estado, una comisión administrativa; y se ha encontrado el huevo de Colón: la contribución matemáticamente exacta de cada «asegurado» según su patrimonio. Cada «asegurado» lleva en el pecho un Estado constitucional completo, un sistema bicameral perfeccionado. El temor de pagar demasiado al Estado, la oposición burguesa de la Cámara de Diputados, le empuja a declarar su patrimonio por debajo de lo que vale. El interés por conservar lo que posee, el elemento conservador de la Cámara de los Pares, le inclina a sobrevalorarlo. Del juego constitucional de estas tendencias opuestas resulta necesariamente el verdadero equilibrio de poderes, la declaración exacta y correcta del patrimonio, la proporcionalidad exacta de la contribución.

Aquel romano deseaba que su casa fuera de cristal para que cada uno de sus actos estuviera a la vista de todos.10 El burgués no desea que sea de cristal su casa, sino la de su vecino. También este deseo se cumple. Por ejemplo: un burgués quiere que le adelante dinero o asociarse conmigo. Le pido la póliza, y en ella tengo su confesión completa y detallada sobre todas sus circunstancias burguesas, garantizada por su interés bien entendido y refrendada por el consejo de administración del seguro. Un mendigo llama a mi puerta y pide una limosna. ¡Venga la póliza! El burgués tiene que saber que da su limosna al hombre adecuado. Uno toma un criado, lo introduce en su casa, se pone en sus manos a ciegas: ¡venga la póliza!

«Cuántos matrimonios se celebran sin que se sepa con exactitud, ni por una parte ni por otra, a qué atenerse sobre la realidad de lo aportado o sobre las expectativas exageradas por ambas partes»:

¡Venga la póliza!

El intercambio de las almas bellas se limitará en el futuro al intercambio de las pólizas de ambas partes. Así desaparece el engaño, que hoy constituye el placer y el tormento de la vida, y se realiza el reino de la verdad en el sentido propio de la palabra. Más aún:

«En el sistema actual los tribunales le cuestan al Estado unos 7,5 millones; en nuestro sistema los delitos, en lugar de costarle, le reportan ingresos, pues todos se convierten en multas y en indemnizaciones: ¡qué idea!»

En este mejor de los mundos todo da beneficio: los crímenes desaparecen y los delitos dan dinero. Por último, como en este sistema la propiedad está protegida contra todos los riesgos y el Estado ya no es más que un seguro general de todos los intereses, los obreros siempre tienen trabajo: «¡Se acabaron las revoluciones!»

Si esto no es bueno para el burgués,
¡ya no sé yo qué puede ser mejor!

El Estado burgués no es más que un seguro mutuo de la clase burguesa contra sus miembros individuales y contra la clase explotada, un seguro que tiene que hacerse cada vez más costoso y aparentemente cada vez más independiente frente a la sociedad burguesa, porque mantener sometida a la clase explotada es cada vez más difícil. El cambio de nombre no cambia en lo más mínimo las condiciones de este seguro. La aparente autonomía que el señor Girardin atribuye por un momento a los individuos frente al seguro tiene que abandonarla él mismo enseguida. Quien tasa su patrimonio demasiado bajo incurre en sanción: la caja de seguros le compra su propiedad por el valor declarado e incluso provoca la delación mediante recompensas. Más aún:

Quien prefiere no asegurar en absoluto su patrimonio queda fuera de la sociedad, queda directamente proscrito. La sociedad no puede tolerar, naturalmente, que se forme en ella una clase que se rebele contra sus condiciones de existencia. La coacción, la autoridad, la intromisión burocrática que Girardin quiere precisamente eliminar vuelven a entrar en la sociedad. Si por un momento hizo abstracción de las condiciones de la sociedad burguesa, fue solo para volver a ellas dando un rodeo.

Tras la abolición del impuesto se esconde la abolición del Estado. La abolición del Estado solo tiene sentido en los comunistas, como resultado necesario de la abolición de las clases, con las que desaparece por sí misma la necesidad del poder organizado de una clase para mantener sometidas a las otras. En los países burgueses, la abolición del Estado significa la reducción del poder del Estado a la escala de Norteamérica. Allí los antagonismos de clase solo están desarrollados de manera incompleta; los choques de clase se disimulan cada vez mediante la marcha hacia el Oeste de la población proletaria sobrante; la intervención del poder del Estado, reducida al mínimo en el Este, no existe en absoluto en el Oeste. En los países feudales, la abolición del Estado significa la abolición del feudalismo y el establecimiento del Estado burgués corriente. En Alemania se esconde tras ella o bien la huida cobarde de las luchas inmediatamente planteadas, o bien la exaltada mistificación de la libertad burguesa, convertida en independencia y autonomía absolutas del individuo, o bien, por último, la indiferencia del burgués ante cualquier forma de Estado, con tal de que los intereses burgueses no se vean estorbados en su desarrollo. De que esta abolición del Estado «en sentido superior» se predique de manera tan necia no tienen la culpa, naturalmente, los berlineses Stirner y Faucher.11 La plus belle fille de la France ne peut donner que ce qu'elle a.12

Lo que queda de la compañía de seguros del señor Girardin es el impuesto sobre el capital, a diferencia del impuesto sobre la renta y en lugar de todos los demás impuestos. El capital del señor Girardin no se limita al capital empleado en la producción, sino que abarca todos los bienes muebles e inmuebles. De este impuesto sobre el capital se jacta:

«Es el huevo de Colón, es la pirámide que descansa sobre la base y no sobre la punta, el río que cava su propio lecho, la revolución sin los revolucionarios, el progreso sin el retroceso, el movimiento sin sacudida; es, en fin, la idea sencilla y la verdadera ley.»

De todos los anuncios charlatanescos que el señor Girardin ha hecho jamás —y ya se sabe que su número es legión—, este prospecto del impuesto sobre el capital es en todo caso la obra maestra.

Por lo demás, el impuesto sobre el capital como impuesto único tiene sus ventajas. Todos los economistas, y en particular Ricardo, han demostrado las ventajas de un impuesto único. El impuesto sobre el capital como impuesto único suprime de un golpe el numeroso y costoso personal de la administración fiscal actual, es el que menos interfiere en la marcha regular de la producción, la circulación y el consumo y es, de todos los impuestos, el único que grava el capital de lujo.

Pero en el señor Girardin el impuesto sobre el capital no se limita a esto. Tiene además efectos milagrosos muy particulares.

Capitales de igual magnitud tendrán que pagar al Estado el mismo porcentaje de impuesto, tanto si rinden el 6 %, el 3 % o ninguna renta. La consecuencia es que los capitales ociosos se ponen en actividad, es decir, aumentan la masa de los capitales productivos, y que los que ya están activos se esfuerzan todavía más, es decir, producen más en menos tiempo. El resultado de ambas cosas es la caída de la ganancia y del tipo de interés. El señor Girardin afirma, por el contrario, que entonces la ganancia y el interés subirán: un verdadero milagro económico. La transformación de capitales improductivos en productivos y la creciente productividad de los capitales en general han multiplicado e intensificado las crisis en el curso del desarrollo industrial y han hecho bajar la ganancia y el tipo de interés. El impuesto sobre el capital no puede sino acelerar este proceso, agudizar las crisis y aumentar con ello la acumulación de elementos revolucionarios. «¡Se acabaron las revoluciones!»

Un segundo efecto milagroso del impuesto sobre el capital es, según el señor Girardin, que atraería los capitales de la tierra, poco rentable, a la industria, más rentable, haría bajar los precios del suelo y trasplantaría a Francia la concentración de la propiedad territorial, el gran cultivo inglés y, con él, toda la desarrollada industria inglesa. Aparte de que para ello tendrían que emigrar también a Francia las demás condiciones de la industria inglesa, el señor Girardin comete aquí errores muy peculiares. En Francia la agricultura no sufre por exceso, sino por falta de capital. La concentración inglesa y la agricultura inglesa no se han producido retirando capital de la agricultura, sino, al contrario, volcando el capital industrial sobre la tierra. El precio del suelo en Inglaterra es con mucho más alto que en Francia; el valor total de la tierra inglesa es casi tan alto como toda la riqueza nacional francesa según la estimación de Girardin. Con la concentración, por tanto, el precio del suelo en Francia no solo no tendría que bajar, sino que, al contrario, tendría que subir. La concentración de la propiedad territorial en Inglaterra ha barrido además por completo a generaciones enteras de la población. La misma concentración, a la que el impuesto sobre el capital tiene que contribuir sin duda arruinando más deprisa a los campesinos, empujaría en Francia a esa gran masa de campesinos a las ciudades y haría la revolución tanto más inevitable. Y, por último, si en Francia ya ha empezado la vuelta de la parcelación a la concentración, en Inglaterra la gran propiedad territorial camina a pasos de gigante hacia su nueva fragmentación y demuestra de manera irrefutable cómo la agricultura tiene que moverse constantemente en este ciclo de concentración y fragmentación del suelo mientras subsistan las relaciones burguesas.

Basta de estos milagros. Pasemos al crédito sobre prenda. El crédito sobre prenda se abre en primer lugar solo a la propiedad territorial. El Estado emite cédulas hipotecarias, que corresponden enteramente a los billetes de banco, solo que su garantía no es el dinero contante ni los lingotes, sino la tierra. El Estado adelanta estas cédulas hipotecarias al 4 % a los campesinos endeudados para que con ellas satisfagan a sus acreedores hipotecarios; en lugar del acreedor privado, el Estado tiene ahora la hipoteca sobre la finca y consolida la deuda, de modo que nunca puede reclamarla. La deuda hipotecaria total de Francia asciende a 14 000 millones. Girardin solo cuenta, es cierto, con la emisión de 5000 millones en cédulas hipotecarias; pero el aumento del papel moneda en semejante suma bastaría, no para abaratar el capital, sino para desvalorizar por completo el papel moneda. Además, Girardin no se atreve a dar curso forzoso a este nuevo papel. Para evitar la depreciación propone a los tenedores de estas cédulas cambiarlas a la par por títulos de la deuda del Estado al 3 %. El final de la operación es, pues, este: el campesino, que antes pagaba un 5 % de intereses y un 1 % de derechos de transcripción, renovación, etc., ya solo paga el 4 %, y gana, por tanto, un 2 %; el Estado toma prestado al 3 % y presta al 4 %, y gana, por tanto, un 1 %; el antiguo acreedor hipotecario, que antes recibía el 5 %, se ve obligado por la amenaza de depreciación de las cédulas hipotecarias a aceptar agradecido el 3 % que le ofrece el Estado; pierde, por tanto, un 2 %. Además, el campesino no necesita pagar su deuda y el acreedor nunca puede cobrar su crédito al Estado. La operación desemboca, pues, en un despojo directo de los acreedores hipotecarios, mal encubierto por las cédulas hipotecarias, del 2 sobre 5. La única vez, por tanto, que el señor Girardin quiere cambiar, además del impuesto, las propias relaciones sociales, se ve obligado a un ataque directo contra la propiedad privada, tiene que volverse revolucionario y abandonar toda su utopía. Y este ataque ni siquiera procede de él. Lo ha tomado de los comunistas alemanes, que después de la revolución de Febrero fueron los primeros en exigir la transformación de la deuda hipotecaria en una deuda con el Estado,13 aunque de manera muy distinta a la del señor Girardin, que incluso se opuso a ello. Es significativo que la única vez que el señor Girardin propone una medida mínimamente revolucionaria no tenga el valor de plantear otra cosa que un paliativo, que solo puede hacer más crónico el desarrollo de la parcelación en Francia, hacerla retroceder unos pocos decenios, para acabar trayendo de nuevo la situación actual.

Lo único que el lector habrá echado de menos en toda la exposición de Girardin son los obreros. Pero el socialismo burgués supone siempre, como es sabido, que la sociedad se compone únicamente de capitalistas, para luego, desde ese punto de vista, poder resolver la cuestión entre capital y trabajo asalariado.

  1. Émile de Girardin (1806-1881), periodista y político francés, fundador del diario barato La Presse (1836), célebre por su versatilidad política y sus campañas publicitarias. ↩

  2. Las cartas constitucionales de 1814 y 1830 y la Constitución de la Segunda República (1848). ↩

  3. Fecha del calendario republicano francés. La equivalencia que da el texto no cuadra: el 24 de vendimiario del año VII corresponde al 15 de octubre de 1798. ↩

  4. Derecho de registro: tasa sobre la inscripción oficial de contratos y actos jurídicos. ↩

  5. El tercer capítulo de la serie de Marx sobre la revolución francesa, publicado en el cuaderno III de la revista y recogido más tarde en Las luchas de clases en Francia de 1848 a 1850. ↩

  6. «Pasemos adelante.» ↩

  7. Impuesto municipal francés sobre los artículos de consumo que entraban en las ciudades. ↩

  8. Nombres de impuestos y cargas del antiguo régimen: la taille (impuesto directo sobre los plebeyos), la capitación, las aides (impuestos indirectos sobre las bebidas), la gabela (impuesto de la sal), los derechos de contrôle, de insinuation (registro de actos) y de escribanía (greffe), etc. ↩

  9. Los librecambistas de la escuela de Manchester, que lucharon contra las leyes del trigo. ↩

  10. Alusión a Marco Livio Druso, tribuno de la plebe en el 91 a. C., que según Veleyo Patérculo quiso que su casa estuviera construida de modo que todos pudieran ver lo que hacía en ella. ↩

  11. Max Stirner (seudónimo de Johann Caspar Schmidt, 1806-1856), autor de El único y su propiedad (1845); Julius Faucher (1820-1878), publicista librecambista berlinés, que defendía por entonces la abolición del Estado. ↩

  12. «La muchacha más hermosa de Francia no puede dar más que lo que tiene» (proverbio francés). ↩

  13. Las Reivindicaciones del Partido Comunista en Alemania (marzo de 1848), redactadas por Marx y Engels, pedían que las hipotecas de las fincas campesinas se declarasen propiedad del Estado y que los intereses se pagaran a este. ↩