Congreso celebrado en París, en la sala Pétrelle (rue Rochechouart, 42), del 14 al 20 de julio de 1889, convocado por los congresos obreros franceses de Burdeos y Troyes y por la conferencia internacional de La Haya; al mismo tiempo se reunía en la rue de Lancry el congreso convocado por los posibilistas franceses. Traducido de la edición alemana de las actas, Protokoll des Internationalen Arbeiter-Congresses zu Paris. Abgehalten vom 14. bis 20. Juli 1889 (Núremberg, Wörlein, 1890, pp. 16, 24, 30 y 119-125), según la transcripción del Marxists' Internet Archive, cotejada con la versión francesa de las resoluciones que publicó el Buró Socialista Internacional en Les Congrès socialistes internationaux. Ordres du jour et résolutions (Gante, 1902). Algunos títulos son nuestros. Traducción de la Escuela de marxismo, 2026. Las notas son nuestras. Texto original en alemán.
Las actas completas de las sesiones están en Actas del Congreso de París (II Internacional).
Resolución sobre la unificación con el congreso posibilista (aprobada el 16 de julio de 1889)
El congreso reconoce que los miembros de la conferencia de La Haya1 y del comité organizador de París han demostrado su sincero deseo de lograr un acuerdo de todos los partidos socialistas y organizaciones obreras sobre el congreso internacional, y lamenta que los pasos dados para llegar a ese acuerdo no hayan conducido a su fin.
Declaramos que la unidad es la condición previa indispensable para la emancipación del proletariado, y que, por tanto, es deber de todo socialdemócrata no omitir ningún paso que pueda contribuir a acabar con la discordia.
En consecuencia, el congreso declara que todavía ahora está dispuesto al acuerdo y a la unificación, siempre que los grupos del otro congreso2 aprueben en este sentido una resolución que sea aceptable para todos los miembros de nuestro congreso.
Resolución sobre el acuerdo del congreso posibilista (aprobada el 17 de julio de 1889)
Ante la decisión tomada por el congreso posibilista en su sesión del 16 del corriente,3 el congreso encarga a su buró permanente que se ocupe de tomar las medidas necesarias.
Respuesta del buró permanente al congreso posibilista (17 de julio de 1889)
Al Congreso Obrero Internacional, rue de Lancry, 10.
¡Ciudadanos! En nombre del Congreso Obrero Socialista Internacional de la rue Rochechouart, 42, reunido en virtud de los acuerdos de los congresos de Burdeos y Troyes y de la conferencia internacional de La Haya, os comunicamos la decisión que ha tomado sobre vuestra carta el buró permanente, facultado para ello.
Según la resolución que aprobó ayer, nuestro congreso solo consentirá en una unificación pura y simple de los dos congresos. No ha puesto ninguna restricción ni la pone, no ha puesto condiciones ni las pone, pero tampoco las acepta.
La delegación italiana queda encargada de transmitir esta comunicación.
Por el buró: el secretario, R. Lavigne. El presidente, Wilhelm Liebknecht.
Cuarta cuestión. Abolición de los ejércitos permanentes y armamento general del pueblo (aprobada el 20 de julio de 1889)
El Congreso Obrero Internacional de París:
Considerando:
Que el ejército permanente, o un ejército fuerte al servicio de la clase dominante o poseedora, es hostil a toda forma de gobierno democrática o republicana; que es la expresión de la dominación militar, monárquica u oligárquica y capitalista, y un instrumento de los golpes de Estado reaccionarios y de la opresión social;
Que los ejércitos permanentes son el resultado y la causa de las guerras de agresión, y constituyen un peligro constante de que estallen conflictos internacionales; y que por eso los ejércitos permanentes y la política de agresión de la que son órganos deben dejar paso a la política de defensa y a la democracia pacífica, a una organización de todo el pueblo, que ya no estará adiestrado en las armas y armado para el saqueo y la conquista, sino para proteger su independencia y sus libertades;
Que el ejército permanente, como demuestra la historia, es la causa incesante de las guerras, y no es capaz de defender un país contra la fuerza superior de una coalición, sino que provoca su derrota y deja el país desarmado a merced de los vencedores, mientras que la nación bien pertrechada, organizada y armada se mostrará irresistible frente a una invasión enemiga;
Que el ejército permanente es la desorganización de toda la vida civil, pues arrebata a cada nación la flor de su juventud en la edad del aprendizaje o de los estudios, de la mayor fuerza de trabajo y actividad, para acuartelarla y desmoralizarla;
Que el ejército permanente esteriliza el trabajo, la ciencia y el arte y frena su desarrollo, y amenaza el desarrollo del ciudadano, del individuo y de la familia;
Que, en cambio, en un ejército verdaderamente nacional, en el que la nación esté armada —«el pueblo en armas»—, el ciudadano puede desarrollar en la vida nacional sus dotes y capacidades naturales y ejerce su función militar como un atributo necesario de su ciudadanía;
Que el ejército permanente, por las cargas siempre crecientes de la deuda de guerra y por los impuestos y empréstitos cada vez más altos que exige, es una causa de miseria y de ruina,
el congreso rechaza con indignación los planes de guerra que alimentan unos gobiernos que luchan desesperadamente por su existencia;
considera la paz como la primera e indispensable condición de toda emancipación obrera;
y reclama, con la abolición de los ejércitos permanentes, el armamento general del pueblo según los siguientes principios:
El ejército nacional, la nación armada, se compone de todos los ciudadanos aptos para el servicio; se organizan por distritos, de modo que cada ciudad, cada comarca, cada distrito tenga su batallón o varios, según su población, formados por ciudadanos que se conocen entre sí y que, si es preciso, estarán reunidos, armados y listos para marchar en veinticuatro horas. Cada uno tiene en su casa su fusil y su equipo, como en Suiza, para defender las libertades públicas y la seguridad nacional.
El congreso declara además que la guerra, triste producto de las condiciones económicas actuales, solo desaparecerá cuando el modo de producción capitalista haya dejado paso a la emancipación del trabajo y al triunfo internacional del socialismo.
Tercera cuestión. Medios para hacer realidad las reivindicaciones de protección del trabajo (aprobada el 20 de julio de 1889)
El Congreso Obrero Internacional de París exhorta a las organizaciones obreras y a los partidos socialistas de todos los países a ponerse a la obra de inmediato y a emplear todos los medios (reuniones, prensa, peticiones, manifestaciones, etc.) para influir sobre sus gobiernos y moverlos:
A enviar delegados a la conferencia internacional de gobiernos prevista en Berna a propuesta del gobierno suizo;4
A apoyar en esa conferencia las resoluciones del Congreso Internacional de París.
En todos los países en que haya socialistas en las corporaciones municipales, cantonales o nacionales, estos deberán defender las resoluciones del Congreso de París en forma de declaraciones en los concejos municipales y en forma de proposiciones de ley en los parlamentos.
En todas las elecciones, tanto a las asambleas nacionales como a las municipales, los candidatos socialistas deberán reconocer y defender estas resoluciones como su programa.
Se nombra una comisión ejecutiva encargada de llevar a efecto aquellas resoluciones del Congreso de París que se refieren a la legislación internacional de protección del trabajo proyectada por el gobierno suizo.
Esta comisión, formada por cinco miembros, tiene el encargo de comunicar a la conferencia de Berna los principios que los obreros organizados y los partidos socialistas de Europa y América, en su congreso de París del 14 al 20 de julio, han establecido como absolutamente necesarios para una legislación de protección del trabajo.
Esta comisión recibe además el mandato de convocar el próximo congreso obrero internacional, que se celebrará en un lugar de Suiza o de Bélgica que se fijará más adelante.
Con el título La jornada de ocho horas se publicará, con la colaboración de los partidos socialistas representados en el Congreso Internacional de París, un periódico semanal destinado a reunir todas las noticias referentes a los distintos movimientos nacionales por la reducción legal de la jornada de trabajo.
Adición: El congreso encarga a su buró que elija la mencionada comisión ejecutiva.
Cuestiones primera y segunda. Legislación internacional de protección del trabajo (aprobada el 20 de julio de 1889)
Legislación internacional de protección del trabajo. Regulación legal de la jornada de trabajo. Trabajo diurno, trabajo nocturno, trabajo en domingos y festivos, jornada de los jóvenes, trabajo de las mujeres y de los niños. Inspección de la gran industria y de la pequeña, incluida la industria a domicilio.
El Congreso Obrero Internacional de París:
Convencido de que la emancipación del trabajo y de la humanidad solo puede partir del proletariado organizado como clase e internacionalmente, que conquista el poder político para llevar a cabo la expropiación del capitalismo y la toma de posesión social de los medios de producción;
Considerando:
Que el modo de producción capitalista, en su rápido desarrollo, va abarcando uno tras otro todos los países de cultura moderna;
Que este desarrollo del modo de producción capitalista significa una explotación creciente de los obreros;
Que esa explotación cada vez más intensa provoca la opresión política, el sojuzgamiento económico y la degeneración física y moral de la clase obrera;
Que, en consecuencia, es deber de los obreros de todos los países combatir con todos los medios a su alcance una organización social que los aplasta y que amenaza todo libre desarrollo de la humanidad; pero que, ante todo, se trata de oponer una resistencia activa a los efectos destructores del orden económico actual,
el congreso acuerda:
Una legislación eficaz de protección del trabajo es absolutamente necesaria en todos los países dominados por el modo de producción capitalista.
Como base de esta legislación, el congreso reclama:
a) Fijación de una jornada de trabajo de ocho horas como máximo para los obreros jóvenes;5
b) Prohibición del trabajo de los niños menores de catorce años y reducción de la jornada a seis horas para los dos sexos;
c) Prohibición del trabajo nocturno, salvo en determinadas ramas de la industria cuya naturaleza exige un funcionamiento ininterrumpido;
d) Prohibición del trabajo de las mujeres en todas las ramas de la industria cuyo modo de explotación es especialmente nocivo para el organismo femenino;
e) Prohibición del trabajo nocturno para las mujeres y para los obreros jóvenes menores de dieciocho años;
f) Descanso ininterrumpido de al menos treinta y seis horas semanales para todos los obreros;
g) Prohibición de las ramas de la industria y de los modos de explotación de los que quepa prever que son nocivos para la salud de los obreros;
h) Prohibición del truck system;6
i) Prohibición del pago del salario en víveres y de los economatos patronales (cantinas, etc.);
j) Prohibición de los intermediarios (sweating system);7
k) Prohibición de las agencias privadas de colocación;
l) Inspección de todos los talleres y establecimientos industriales, incluida la industria a domicilio, por inspectores de fábrica pagados por el Estado y elegidos al menos en su mitad por los obreros.
El congreso declara que todas estas medidas, necesarias para sanear las condiciones sociales, deben ser objeto de leyes y tratados internacionales, y exhorta a los proletarios de todos los países a influir en este sentido sobre sus gobiernos. Una vez conseguidas esas leyes y esos tratados, habrá que vigilar su aplicación y su cumplimiento para que se lleven a efecto a fondo.
El congreso declara además que es deber de los obreros admitir en sus filas a las obreras con igualdad de derechos, y reclama como principio: a igual trabajo, igual salario para los obreros de ambos sexos y sin distinción de nacionalidad.
Para alcanzar la emancipación completa del proletariado, el congreso considera absolutamente necesario que los obreros se organicen en todas partes, y reclama en consecuencia el derecho ilimitado y plenamente libre de asociación y de coalición.
Manifestación internacional del Primero de Mayo de 1890 (aprobada el 20 de julio de 1889)
El congreso acuerda:
Se organizará para una fecha determinada una gran manifestación internacional, de modo que, a la vez en todos los países y en todas las ciudades, el mismo día, los obreros dirijan a los poderes públicos (las autoridades) la reivindicación de fijar la jornada de trabajo en ocho horas y de llevar a efecto las demás resoluciones del Congreso Internacional de París.
Teniendo en cuenta que la Federación Americana del Trabajo (Federation of Labor), en su congreso celebrado en San Luis en diciembre de 1888, ya ha acordado una manifestación de este tipo para el 1 de mayo de 1890, se adopta esta fecha como día de la manifestación internacional.8
Los obreros de las distintas naciones llevarán a cabo la manifestación del modo que les impongan las condiciones de su país.
Resolución sobre la sede de la comisión ejecutiva (aprobada el 20 de julio de 1889)
De acuerdo con la decisión tomada por el Congreso Obrero Internacional en su segunda sesión del 20 de julio, el buró permanente ha designado Suiza como sede de las comisiones ejecutivas; ha encargado a los delegados de este país que formen una comisión de cinco miembros y la instalen en la misma ciudad en que se publique el órgano La jornada de ocho horas.
Resolución sobre la conquista del poder político y el sufragio (aprobada el 20 de julio de 1889)
Considerando que los informes de los delegados de todos los países en este congreso han mostrado que la simple organización económica del trabajo (trade unions y asociaciones semejantes) no basta para la emancipación de la clase obrera, mientras que la agitación por la reducción de la jornada de trabajo, por la limitación del trabajo de las mujeres y de los niños y por las leyes de protección del trabajo ha resultado ser un medio de despertar la consciencia de clase de los obreros, que es condición previa necesaria para la emancipación de la clase obrera por sí misma;
Considerando que la posesión del poder político permite a la clase dominante mantener su sistema de explotación por los empresarios privados y el modo de producción capitalista;
Considerando que, por medio del poder político, se impide la inspección de la industria por el Estado y la vigilancia del Estado por el pueblo;
el Congreso Internacional de París acuerda:9
En todos los países en que los proletarios tengan el derecho de voto, deberán ingresar en las filas del partido socialista y, excluyendo todo compromiso con cualquier otro partido político, procurar con su papeleta, bajo el régimen de la constitución de su Estado, la conquista del poder político;
En todos los países en que se niegue a los proletarios el derecho de voto y los derechos constitucionales, estos deberán tratar de conquistar el derecho de voto con todos los medios posibles;
El empleo de la violencia represiva por parte de la clase dominante con el fin de impedir el desarrollo pacífico de la sociedad hacia una organización cooperativa industrial y social sería un crimen contra la humanidad, y entregaría la inhumanidad de los agresores al merecido castigo de los hombres que luchan por defender su vida y su libertad.
Conferencia socialista internacional reunida en La Haya el 28 de febrero de 1889, a iniciativa de la socialdemocracia alemana, para preparar un congreso único; los posibilistas franceses no acudieron. ↩
El congreso convocado por los posibilistas (Federación de los Trabajadores Socialistas de Francia, de Paul Brousse y Jean Allemane), reunido al mismo tiempo en la rue de Lancry, 10, con el mandato del congreso sindical de Londres de 1888. ↩
El congreso posibilista aceptó la fusión con la condición de que cada nacionalidad examinara de nuevo, en el congreso unificado, las credenciales de los delegados; su carta, firmada por N. Lavy y J. Allemane, la reproducen las actas inmediatamente antes de esta respuesta. ↩
El Consejo Federal suizo había propuesto en 1889 una conferencia internacional de gobiernos sobre la protección del trabajo en Berna; no llegó a reunirse, porque el gobierno alemán convocó en su lugar la conferencia de Berlín de marzo de 1890. ↩
Así en la edición alemana de 1890, que en los apartados a y b parece haber desplazado las palabras. La versión francesa del Buró Socialista Internacional (1902) dice: «a) Limitación de la jornada de trabajo a un máximo de ocho horas para los adultos; b) Prohibición del trabajo de los niños menores de catorce años y reducción de la jornada a seis horas para los jóvenes de ambos sexos menores de dieciocho años». ↩
Pago del salario en mercancías o en vales canjeables en los almacenes del patrono. ↩
El sistema de subcontratación de trabajo a destajo, sobre todo en la confección a domicilio, por medio de intermediarios que viven de la diferencia entre lo que cobran y lo que pagan. Los apartados j y k se añadieron después de la votación, a propuesta de los delegados Kranz (Asociación Obrera Socialista Judía de Londres) y Lenz (camareros), y se aprobaron por unanimidad. ↩
La Federación Americana del Trabajo (AFL) acordó en su congreso de San Luis, en diciembre de 1888, una campaña por la jornada de ocho horas que culminaría el 1 de mayo de 1890, fecha que ya había fijado para la huelga general de 1886 la federación que la precedió. La propuesta la presentó en París Raymond Lavigne, en nombre de la Federación Nacional de Sindicatos francesa. ↩
Resolución presentada por el delegado estadounidense Bushe y aprobada con todos los votos menos uno. Las actas registran además que se aprobó una propuesta de amnistía (o de agitación por la amnistía) de todos los condenados por delitos políticos y por su relación con el movimiento obrero, con la abstención de los alemanes, pero no dan su texto. ↩