Escrito por Friedrich Engels hacia octubre de 1842. Publicado con la firma «F. O.» en Einundzwanzig Bogen aus der Schweiz («Veintiún pliegos desde Suiza»), editado por Georg Herwegh (Zúrich y Winterthur, 1843). Traducido de Karl Marx/Friedrich Engels, Werke, tomo 1 (Berlín, 1976, pp. 446-453), por la Escuela de marxismo, 2026; un pasaje estropeado en la edición digital se completa según el sentido de la versión inglesa de las Collected Works (tomo 2). Las notas son nuestras. Texto original en alemán.
Entre los príncipes europeos cuya personalidad despierta atención también fuera de su país, hay cuatro especialmente interesantes: Nicolás de Rusia, por la franqueza y la abierta sinceridad con que aspira al despotismo; Luis Felipe, que adapta a Maquiavelo a nuestro tiempo; Victoria de Inglaterra, el modelo acabado de reina constitucional, y Federico Guillermo IV, cuya manera de pensar, tal como se ha manifestado inequívoca y claramente en los dos años de su reinado, se someterá aquí a un examen más detenido. ------ No son el odio y el ansia de venganza de un partido postergado y aborrecido por él, oprimido y maltratado por sus funcionarios, los que van a hablar aquí, ni el rencor amargo que ha alimentado la censura y que aprovecha la libertad de prensa para colocar historias escandalosas y chismes de Berlín. El Mensajero alemán se ocupa de otras cosas.1 Pero ante la adulación deshonrosa y vil con que se obsequia a diario en los periódicos a los príncipes y a los pueblos alemanes, es del todo necesario que se mire por una vez a estos señores desde otro punto de vista y que se juzguen sus actos y sus convicciones sin miramientos, como los de cualquier otro. – – – – – – La reacción en el Estado empezó, en los últimos años del rey anterior,2 a unirse con la reacción eclesiástica. Con el desarrollo de la oposición a la libertad absoluta, el Estado ortodoxo, lo mismo que la Iglesia ortodoxa, se vio obligado a volver a sus presupuestos y a hacer valer el principio cristiano con todas sus consecuencias. Así, la ortodoxia protestante volvió al catolicismo, una fase que encuentra sus representantes más consecuentes y más dignos en Leo y en Krummacher,3 y el Estado protestante volvió a la monarquía cristiano-feudal consecuente que Federico Guillermo IV trata de poner en pie.
Federico Guillermo IV es enteramente un producto de su tiempo, una figura que solo puede explicarse a partir del desarrollo del espíritu libre y de su lucha contra el cristianismo, y únicamente a partir de ahí. Es la consecuencia extrema del principio prusiano, que en él aparece en su último esfuerzo, pero al mismo tiempo en su completa impotencia frente a la autoconciencia libre. Con él concluye el desarrollo conceptual de la Prusia anterior; una nueva configuración de ella no es posible, y si Federico Guillermo logra imponer en la práctica su sistema, Prusia tendrá que adoptar un principio completamente nuevo —y este solo puede ser el del espíritu libre— o desmoronarse si no tuviera fuerzas para dar ese paso.
El Estado al que aspira Federico Guillermo IV es, según sus propias palabras, el Estado cristiano. La forma en que se presenta el cristianismo en cuanto quiere analizarse científicamente es la teología. La esencia de la teología, sobre todo en nuestro tiempo, es la mediación y el encubrimiento de contradicciones absolutas. Ni siquiera el cristiano más consecuente puede emanciparse por completo de los presupuestos de nuestro tiempo; la época lo obliga a modificar el cristianismo; lleva dentro premisas cuyo desarrollo podría conducir al ateísmo. De ahí esa forma de la teología que ha encontrado en B. Bauer a su analista4 y que, con su falsedad y su hipocresía interiores, impregna toda nuestra vida. A esta teología corresponde, en el terreno del Estado, el actual sistema de gobierno de Prusia. Un sistema lo tiene Federico Guillermo IV, eso es innegable: un sistema perfectamente elaborado del romanticismo, como es también consecuencia necesaria de su punto de vista; pues quien quiera organizar un Estado desde él tiene que disponer de algo más que de un par de opiniones sueltas e inconexas. Habría que exponer, pues, de entrada la esencia teológica de ese sistema.
Al emprender la imposición del principio de la legitimidad en todas sus consecuencias, el rey de Prusia no solo se suma a la escuela histórica del derecho,5 sino que la lleva todavía más lejos y llega casi a la «Restauración» de Haller.6 Ante todo, para realizar el Estado cristiano tiene que impregnar de ideas cristianas el Estado burocrático racionalista, que se había vuelto casi pagano, elevar el culto y procurar fomentar la participación en él. Y en efecto no ha dejado de hacerlo. Las medidas para fomentar la asistencia a la iglesia en general, y en particular la de los funcionarios, el mantenimiento más estricto del descanso dominical en general, el endurecimiento proyectado de las leyes de divorcio, la depuración, en parte ya iniciada, de las facultades de teología, el peso que en los exámenes de teología pone en la balanza una fe fuerte frente a unos conocimientos flojos, la provisión de muchos cargos públicos preferentemente con hombres creyentes, y muchos otros hechos conocidos de todo el mundo, entran aquí. Pueden servir de prueba de cuánto se esfuerza Federico Guillermo IV por reintroducir directamente el cristianismo en el Estado, por ajustar las leyes del Estado a los mandamientos de la moral bíblica. Pero eso es solo lo primero, lo más inmediato. El sistema del Estado cristiano no puede quedarse ahí. El paso siguiente es la separación de la Iglesia y el Estado, un paso que va más allá del Estado protestante. En este el rey es summus episcopus7 y reúne en sí el poder eclesiástico y el poder estatal supremos; la fusión del Estado y la Iglesia, tal como la formula Hegel, es la meta última de esta forma de Estado. Pero así como todo el protestantismo es una concesión a la mundanidad, también lo es el episcopado del príncipe. Es una confirmación y una justificación del primado papal, puesto que reconoce la necesidad de una cabeza visible de la Iglesia; pero, por otro lado, declara que el poder terrenal, mundano, el poder del Estado, es lo absolutamente supremo y le subordina el poder eclesiástico. No es una equiparación de lo mundano y lo espiritual, sino una subordinación de lo espiritual a lo mundano. Pues el príncipe fue príncipe antes de ser summus episcopus, y después sigue siendo ante todo príncipe, sin tener nunca carácter eclesiástico. El otro lado de la cuestión es, desde luego, que el príncipe reúne ahora en sí todo el poder, terrenal y celestial, y representa, como dios terrenal, la consumación del Estado religioso.
Pero como esa subordinación contradice el espíritu cristiano, es del todo necesario que el Estado que pretende ser cristiano devuelva a la Iglesia su independencia frente a él. Ahora bien, la vuelta al catolicismo es de todos modos imposible; la emancipación absoluta de la Iglesia es igualmente irrealizable sin socavar los pilares del Estado; aquí hay que aplicar, pues, un sistema de mediación. Y esto es lo que Federico Guillermo IV ha puesto ya en práctica respecto de la Iglesia católica, y en lo que toca a la Iglesia protestante también aquí hay hechos clarísimos que muestran lo que piensa en este punto; hay que mencionar sobre todo la supresión de la unión forzosa y la liberación de los viejos luteranos de la opresión que tenían que soportar.8 En la confesión protestante se da una relación muy particular. No tiene cabeza visible, no tiene en absoluto unidad, se divide en muchas sectas, y así el Estado protestante no puede dejarla libre más que concibiendo las distintas sectas como corporaciones y dejándoles de ese modo libertad absoluta para sus asuntos internos. Pero el príncipe no renuncia por ello a su episcopado, sino que se reserva el derecho de confirmación, y en general la soberanía, mientras que, por otro lado, reconoce el cristianismo como poder superior a él y, en consecuencia, tiene que inclinarse también ante la Iglesia. Así no solo subsisten, pese a toda su aparente solución, las contradicciones en que se mueve el Estado protestante, sino que además se produce una mezcla con los principios del Estado católico que tiene que traer consigo una confusión y una falta de principios extravagantes. Esto no es teológico.
El Estado protestante, por boca de Altenstein9 y de Federico Guillermo III y con su proceder contra el arzobispo de Colonia, enunció la tesis de que el católico consecuente no puede ser un ciudadano útil. Esta tesis, cuya confirmación es toda la historia de la Edad Media, vale no solo para el Estado protestante, sino para todo Estado en general. Quien hace de todo su ser y de toda su vida una antesala del cielo no puede tener en lo terrenal el interés que el Estado exige a sus ciudadanos. El Estado pretende serlo todo para sus ciudadanos; no reconoce ningún poder por encima de él y se presenta, en general, como poder absoluto. Pero el católico reconoce como lo absoluto a Dios y a su institución, la Iglesia, y no puede situarse nunca, por tanto, en el terreno del Estado sin reserva interior. Esta contradicción no tiene solución. Incluso el Estado católico tiene que subordinarse, para el católico, a la Iglesia, o el católico rompe con él; ¿cuánto más no romperá con el Estado no católico? En este aspecto, el proceder del gobierno anterior fue perfectamente consecuente y bien fundado; el Estado solo puede dejar intacta la libertad de la confesión católica mientras esta se someta a las leyes existentes. Este estado de cosas no podía satisfacer al rey cristiano. Pero ¿qué hacer? El Estado protestante no podía quedarse por detrás de los católicos Hohenstaufen,10 y, a la altura de conciencia a que se habían elevado el Estado y la Iglesia, una solución definitiva solo era posible mediante el sometimiento de uno o de otra, un sometimiento que para la parte que se doblegara habría equivalido a destruirse a sí misma. La cuestión se había convertido en cuestión de principio, y ante los principios el caso particular como tal tendría que haber pasado a segundo plano. ¿Qué hizo entonces Federico Guillermo IV? De un modo auténticamente teológico, apartó los principios impertinentes e incómodos, se atuvo exclusivamente al caso concreto, que sin los principios se enredó del todo, y trató de quitarlo de en medio por vía de mediación. La curia no cedió en nada; así que quien salió con el ojo morado fue el Estado. Esa es, reducida a su verdadero contenido, la famosa y gloriosa solución de los disturbios de Colonia.11
Las mismas contradicciones, solo superficialmente tapadas, que Federico Guillermo IV provocó en la posición del Estado ante la Iglesia, trató de suscitarlas también en las relaciones internas del Estado. Aquí podía apoyarse en las teorías ya existentes de la escuela histórica del derecho, y tenía así el juego bastante fácil. El curso de la historia había hecho dominante en Alemania el principio de la monarquía absoluta, había aniquilado los derechos de los antiguos estamentos feudales y había elevado al rey a dios en el Estado. A eso se añadió que, entre 1807 y 1812, los restos de la Edad Media habían sido atacados con decisión y en gran parte eliminados.12 Por mucho que se hubiera rectificado desde entonces, la legislación de aquella época y el Landrecht, redactado bajo la influencia de la Ilustración,13 seguían siendo las bases de la legislación prusiana. Semejante estado de cosas tenía que ser insoportable. Por eso Federico Guillermo IV se agarró a todo lo que aún encontraba de medieval. Se favoreció a la nobleza de mayorazgo y se la reforzó con nuevas concesiones de nobleza otorgadas a condición de fundar un mayorazgo; a la burguesía como tal, separada de la nobleza y de los campesinos, se la consideró y trató como un estamento aparte que representaba al comercio y a la industria; se favoreció la separación de las corporaciones, el cierre de algunos oficios y su acercamiento al régimen gremial, etc. En general, todos los discursos y actos del rey mostraron desde el principio que tiene una predilección especial por el régimen corporativo, y justamente eso es lo que mejor caracteriza su punto de vista medieval. Esa coexistencia de asociaciones privilegiadas que pueden actuar con cierta libertad e independencia en sus asuntos internos, cada una de ellas unida por intereses iguales, pero que también se combaten y se aprovechan unas de otras; esa fragmentación de las fuerzas del Estado hasta la completa disolución del Estado, tal como la representa el Imperio alemán,14 constituye uno de los momentos más esenciales de la Edad Media. Pero se entiende por sí solo que Federico Guillermo IV no tiene intención de llevar el Estado cristiano hasta esa consecuencia. Cree, es verdad, estar llamado a restablecer el Estado verdaderamente cristiano, pero en realidad solo quiere su apariencia teológica, el brillo y el esplendor, pero no la miseria, la opresión, el desorden y la autodestrucción del Estado cristiano; en una palabra, una Edad Media de juste-milieu; exactamente como Leo, por ejemplo, tampoco quiere del catolicismo más que el culto brillante, la disciplina eclesiástica, etc., pero no el catolicismo entero con pelos y señales. Por eso Federico Guillermo tampoco es absolutamente antiliberal y violento en sus aspiraciones; Dios nos libre, quiere dejar a sus prusianos todas las libertades posibles, pero solo en la forma de la falta de libertad, del monopolio y del privilegio. No es un enemigo decidido de la prensa libre; la concederá, pero también como monopolio del estamento preferentemente científico. No quiere suprimir ni negar la representación; solo no quiere que esté representado el ciudadano como tal; aspira a una representación de los estamentos, como la que ya está realizada en parte en las Dietas provinciales prusianas. En una palabra, no conoce derechos generales, ni derechos de ciudadanía, ni derechos humanos; solo conoce derechos de corporación, monopolios, privilegios. De estos dará un montón, todos los que pueda sin limitar su poder absoluto con disposiciones legales positivas. Quizá incluso más. Quizá tenga ya ahora en secreto, pese a las respuestas de Königsberg y de Breslau,15 la intención de coronar la obra, cuando haya llevado lo bastante lejos su política teológica, otorgando una constitución de estados generales al modo medieval, y de atar así las manos a sus sucesores, que quizá piensen de otro modo. Sería consecuente; pero si su teología lo permite, está por ver.
Hemos visto lo vacilante, lo inconsistente, lo inconsecuente que es este sistema ya en sí mismo; su introducción en la práctica tiene que traer necesariamente nuevas vacilaciones e inconsecuencias. El frío Estado burocrático prusiano, el sistema de controles, la máquina estatal chirriante, no quiere saber nada del romanticismo hermoso, brillante y confiado. El pueblo está, por término medio, en un grado todavía demasiado bajo de formación política para poder calar el sistema del rey cristiano. Sin embargo, el odio a los privilegios de la nobleza y a las pretensiones del clero de todas las confesiones está demasiado arraigado como para que Federico Guillermo, procediendo a cara descubierta, no tuviera que fracasar en él. De ahí el temeroso sistema de sondeos seguido hasta ahora, con el que primero tanteaba la opinión pública y luego tenía todavía tiempo de sobra para retirar una medida demasiado escandalosa. De ahí el método de poner por delante a sus ministros y desautorizarlos cuando sus actos resultan demasiado violentos, en lo cual solo es notable que un ministro prusiano se deje hacer eso sin presentar su dimisión. Así ocurrió antes, en particular, con Rochow, y dentro de poco le tocará el turno al señor Eichhorn,16 aunque el rey todavía hace poco lo declaró hombre de honor y aplaudió sus actos. Sin tales medios teológicos, Federico Guillermo IV habría perdido hace mucho el amor del pueblo, que hasta ahora solo ha conservado gracias a su carácter abierto y jovial, a la mayor amabilidad y llaneza posibles y a su ingenio sin miramientos, que, según dicen, no perdona ni a las testas coronadas. Además se guarda muy bien de sacar a relucir los aspectos demasiado escandalosos, o incluso los inevitables lados malos, de su sistema; al contrario, habla de él como si fuera todo esplendor, magnificencia y libertad, y solo se deja ir del todo allí donde su sistema parece más liberal que la tutela prusiana existente; pero donde aparecería como antiliberal, se contiene prudentemente. Por otra parte, aunque siempre califica al constitucionalismo corriente con los títulos honoríficos de superficial y ordinario, se ha apropiado de su terminología y la usa en sus discursos —¿hay que decir como expresión o como encubrimiento de sus ideas?— con mucha habilidad. Exactamente así hacen los modernos teólogos de la mediación, que también se sirven con predilección de giros políticos y creen acomodarse así a las exigencias de la época. Bruno Bauer llama a eso, sin más, hipocresía.
En cuanto a la administración de las finanzas bajo Federico Guillermo IV, no ha podido atenerse a la especie de lista civil que fijó para sí su padre, el cual dispuso por ley que de los ingresos de los dominios se destinaran cada año 2 1/2 millones de táleros al rey y a su casa, y el resto, igual que todos los demás ingresos, se empleara en fines del Estado. Se le puede hacer la cuenta al rey, aun sumando sus ingresos privados, de que gasta más de 2 1/2 millones, y eso que de ellos había que pagar todavía la asignación de los demás príncipes. Bülow-Cummerow ha demostrado además que la llamada rendición de cuentas del Estado prusiano es puramente ilusoria.17 Es, pues, un completo secreto cómo se administran los ingresos del Estado. La tan comentada rebaja de impuestos apenas merece mención; habría podido hacerse hace mucho ya bajo el rey anterior, si este no hubiera temido verse alguna vez en la necesidad de subir los impuestos.18
Creo haber dicho con esto bastante sobre Federico Guillermo IV. Dado su carácter indudablemente bondadoso, se entiende por sí solo que en las cosas que no tocan su teoría hace sinceramente lo que le pide la voz pública y lo que es realmente bueno. Solo queda la pregunta de si llegará alguna vez a imponer su sistema. Por fortuna, a ella solo se puede responder que no. El pueblo prusiano, desde hace un año, desde el movimiento supuestamente más libre de la prensa, que en este momento vuelve a ser el menos libre,19 ha tomado un impulso que no guarda casi ninguna proporción con la insignificancia de aquella medida. La presión de la censura tiene encadenada en Prusia una masa tan extraordinaria de fuerzas que el menor alivio provoca una reacción desproporcionadamente fuerte. La opinión pública en Prusia se concentra cada vez más en dos cosas: constitución representativa y, sobre todo, libertad de prensa; el rey podrá ponerse como quiera, pero se le arrancará de momento la segunda, y una vez que se tenga esta, la constitución tendrá que seguir en un año. Pero en cuanto exista una representación, no se puede prever en absoluto qué camino tomará entonces Prusia. Una de las primeras consecuencias será la ruptura de la alianza rusa, si el rey no se ve obligado antes a abandonar esa consecuencia de su principio. Pero luego pueden seguir todavía muchas cosas, y la situación actual de Prusia se parece mucho a la de Francia antes de... pero me abstengo de toda conclusión precipitada.
F. O.
Der deutsche Bote aus der Schweiz («El mensajero alemán desde Suiza») era la revista que Georg Herwegh preparaba en Zúrich; los artículos reunidos para ella aparecieron en 1843 en el volumen Einundzwanzig Bogen aus der Schweiz, porque los escritos de más de veinte pliegos (320 páginas) estaban exentos de censura previa en los Estados alemanes. ↩
Federico Guillermo III (1770-1840), rey de Prusia desde 1797. Federico Guillermo IV (1795-1861) le sucedió en junio de 1840. ↩
Heinrich Leo (1799-1878), historiador de Halle y portavoz de la reacción ortodoxa y feudal. Sobre Friedrich Wilhelm Krummacher, predicador pietista de Elberfeld, véanse las Cartas desde el Wuppertal. ↩
Bruno Bauer (1809-1882), joven hegeliano, había analizado la teología de la mediación en Die evangelische Landeskirche Preußens und die Wissenschaft («La Iglesia evangélica de Prusia y la ciencia», 1840) y en otros escritos. En 1842 se le retiró el permiso para enseñar en la universidad de Bonn. ↩
La escuela histórica del derecho (Gustav Hugo, Friedrich Carl von Savigny) justificaba el derecho existente por su origen histórico y combatía las codificaciones racionales. Savigny fue nombrado ministro de Revisión de la Legislación en 1842. ↩
Karl Ludwig von Haller (1768-1854), jurista suizo, autor de Restauration der Staatswissenschaft («Restauración de la ciencia del Estado», 1816-1834), la obra teórica principal del absolutismo patrimonial y feudal. ↩
«Obispo supremo»: en los Estados protestantes alemanes el príncipe era la cabeza de la Iglesia territorial evangélica. ↩
En 1817 Federico Guillermo III unió por decreto las iglesias luterana y reformada en la Iglesia evangélica de la Unión. Los «viejos luteranos» que se negaron a aceptarla fueron perseguidos; Federico Guillermo IV los toleró y en 1841 les permitió organizarse. ↩
Karl von Altenstein (1770-1840), ministro prusiano de Cultos y Enseñanza desde 1817. ↩
La dinastía imperial de los Hohenstaufen (siglos XII-XIII), que sostuvo una larga lucha contra el papado. ↩
En 1837 el gobierno prusiano detuvo al arzobispo de Colonia, Clemens August von Droste zu Vischering, que se negaba a aceptar la práctica prusiana sobre los matrimonios mixtos. Federico Guillermo IV puso fin al conflicto en 1841-1842 con concesiones a la Iglesia católica. ↩
Las reformas de Stein y Hardenberg después de la derrota ante Napoleón: abolición de la servidumbre, ordenanza municipal, libertad de industria, emancipación de los judíos. ↩
El Allgemeines Landrecht für die preußischen Staaten, código general prusiano de 1794. ↩
El Sacro Imperio Romano Germánico, disuelto en 1806. ↩
En la ceremonia de homenaje de Königsberg (septiembre de 1840) Federico Guillermo IV rechazó la petición de los estamentos de la Prusia Oriental de una constitución representativa, y respondió de modo parecido a peticiones semejantes de Silesia. ↩
Gustav von Rochow (1792-1847), ministro del Interior hasta 1842. Johann Albrecht Friedrich Eichhorn (1779-1856), ministro de Cultos desde 1840, responsable de la política contra los profesores jóvenes hegelianos. ↩
Ernst von Bülow-Cummerow (1775-1851), terrateniente y publicista conservador, autor de Preußen, seine Verfassung, seine Verwaltung, sein Verhältnis zu Deutschland («Prusia, su constitución, su administración, su relación con Alemania», 1842). ↩
El texto de este párrafo, a partir de «Es, pues, un completo secreto», está estropeado en la edición digital de la MEW de que partimos (faltan varias palabras); lo traducimos según el sentido evidente, que confirma la versión inglesa de las Collected Works. En el original marcamos entre corchetes las palabras suplidas. ↩
Alusión a la instrucción sobre la censura del 24 de diciembre de 1841, que prometía una censura menos estricta, y a las nuevas restricciones que la siguieron. ↩