Escrito en inglés por Karl Marx hacia el 19 de noviembre de 1858 y publicado como editorial en el New-York Daily Tribune, núm. 5507, del 15 de diciembre de 1858. El original inglés no tiene hoy fuente libre: se traduce de la versión alemana de Karl Marx/Friedrich Engels, Werke, tomo 12 (Berlín, 1961, pp. 644-648), sin su aparato editorial, por la Escuela de marxismo, 2026. El título es el de los editores de la MEW. Se corrige una errata de la edición digital de la MEW («Boulogue-sur-Mer»). Las notas son nuestras. Texto original en alemán.

El emperador de los franceses acaba de emprender la ejecución de uno de sus proyectos favoritos: la regulación del precio del pan en todo su imperio. Ya en 1854 anunció la idea con toda claridad en su discurso ante el Corps législatif1 con motivo de la declaración de guerra a Rusia. Lo que dijo entonces sobre el asunto merece citarse; lo reproducimos a continuación:

«Recomiendo ante todo a su atención el sistema adoptado ahora por la ciudad de París, porque si, como espero, se extiende a toda Francia, evitará en el futuro esas oscilaciones extremas del precio del grano que en tiempos de abundancia hacen padecer a la agricultura por el bajo precio del trigo y en los años de escasez causan tantos sufrimientos a las clases más pobres por su carestía. Este sistema consiste en crear en todos los grandes centros de población una institución de crédito, la llamada Caja de la Panadería (Caisse de la Boulangerie), que en los años de carestía podría vender el pan a un precio infinitamente más bajo que el precio oficial del mercado, con la condición de que en los años de abundancia su precio sea algo más alto. Como las buenas cosechas son en general más numerosas que las malas, se comprende fácilmente que la compensación entre unas y otras puede hacerse con facilidad. A ello se añade la inmensa ventaja de que se encontrarán sociedades de crédito que, en lugar de ganar con la subida del precio del pan, estarán interesadas, como todo el mundo, en su baratura; porque, al contrario de lo que ha ocurrido hasta ahora, tales sociedades harían negocio en los tiempos de abundancia y perderían dinero en los años de carestía.»

El principio que aquí se defiende es que el pan debe venderse «infinitamente» por debajo de su precio de mercado en los malos tiempos y solo «un poco» por encima de ese mismo precio en los buenos, y que la compensación habría de salir de la esperanza de que los años buenos superen con mucho a los de escasez. Cuando un decreto imperial fundó en diciembre de 1853 la Caja de la Panadería en París, se fijó en 40 céntimos el precio máximo del pan de cuatro libras; se autorizó a los panaderos a reclamar a la Caja una indemnización por sus pérdidas; la Caja, a su vez, formó sus fondos emitiendo obligaciones garantizadas por el municipio de París, y este, por su parte, formó el fondo de garantía contrayendo nuevas deudas y elevando los derechos de consumo2 que se cobraban a las puertas de París.

Además, el gobierno aportó directamente cierta suma del Tesoro público. A finales de 1854, las deudas contraídas de este modo por el municipio de París, junto con el dinero del gobierno, sumaban ya ochenta millones de francos. El gobierno se vio entonces obligado a desandar lo andado y a elevar el precio máximo de la hogaza sucesivamente a 45 y a 50 céntimos. Así, la población de París tuvo que pagar en parte, en forma de derechos de consumo más altos, lo que ahorraba en el precio del pan, y el resto de Francia tuvo que pagar una contribución de pobres general en favor de la capital en forma de la subvención directa del gobierno al municipio de París. El experimento resultó, sin embargo, un fracaso completo, porque el precio del pan en París subió por encima del máximo oficial durante los malos tiempos de 1855 a 1857 y bajó por debajo de él durante las ricas cosechas de 1857 y 1858.

Nada desanimado por el fracaso de su experimento en una escala relativamente pequeña, Luis Napoleón ha emprendido ahora, mediante un ucase de su propia mano,3 la organización del oficio de panadero y del comercio de granos en toda Francia. Hace algunas semanas uno de sus periódicos de París intentó convencer al público de que una «reserva de grano» sería una necesidad en todas las ciudades importantes. El argumento era que, en los peores años de escasez, el mayor déficit de grano había equivalido al consumo de toda la población durante 28 días, y que el número medio de años malos seguidos era de tres. Con estas premisas se calculó que «una reserva efectiva para tres meses será todo lo que, según la previsión humana, se necesitará». Si esta reserva se extiende solo a las ciudades de al menos 10.000 habitantes, cuya población total en Francia (sin contar París) asciende a 3.776.000 almas, si cada persona consume por término medio 45 kilogramos de trigo en tres meses y el precio actual del trigo ronda los 14 francos el hectolitro, una reserva así costaría, según estos cálculos, ¡entre 31 y 32 millones de francos! Pues bien, el 18 de noviembre el Moniteur4 publicó un decreto que dice así:

«Art. 1. La reserva de los panaderos en todas las ciudades en que el oficio de panadero está regulado por decretos y ordenanzas será la cantidad de grano o de harina necesaria para atender durante tres meses el consumo diario de cada panadería.

Art. 2. En el plazo de un mes contado a partir de esta fecha, los prefectos de los departamentos, tras consultar a los municipios, decidirán si las reservas han de formarse en grano o en harina, y fijarán el plazo en que deberán reunirse, así como la parte de ellas que podrá guardarse en almacenes públicos.»

Al decreto se adjunta una lista de las ciudades «en que está regulado el oficio de panadero» y que, por tanto, deben formar reservas. La lista comprende todas las ciudades de Francia de cierta importancia, salvo París y Lyon, donde ya existen reservas y que, por consiguiente, no caen bajo las disposiciones de este decreto. En total son nada menos que 161 ciudades, y entre ellas figuran Marsella, Saint-Quentin, Moulins, Caen, Angulema, Dijon, Bourges, Besanzón, Évreux, Chartres, Brest, Nimes, Toulouse, Burdeos, Montpellier, Rennes, Tours, Grenoble, Saint-Étienne, Nantes, Orleans, Angers, Reims, Chalon, Metz, Lille, Douai, Valenciennes, Beauvais, Arras, Saint-Omer, Calais, Boulogne-sur-Mer, Estrasburgo, Mulhouse, Ruan, El Havre, Mâcon, Le Mans, Amiens, Abbeville y Tolón. Según el último censo, la población de las 161 ciudades puede calcularse ahora en unos 8.000.000. ¡Eso da 5.500.000 hectolitros, por un valor de 70 a 80 millones de francos, para las reservas! Al transmitir el decreto por circular a los prefectos de los departamentos, el ministro de Agricultura y Comercio5 les comunica que, aunque «no deben obligar a los panaderos a cumplir precipitadamente las obligaciones que el decreto les impone», han de «fijar dentro de límites razonables» el plazo concedido para ejecutar la medida. Deja a los prefectos decidir, según las circunstancias locales, si las reservas han de formarse en grano o en harina. A continuación les comunica que la medida actual, por amplia que sea, puede considerarse susceptible de ampliación.

«El gobierno no exagera, señor prefecto, la importancia de la medida que he descrito. Sabe que el decreto solo afecta a una pequeña parte de la población, y por eso ha estudiado la posibilidad de ampliar su radio de acción. Los habitantes de los burgos y las aldeas cuecen su propio pan y apartan de su cosecha la cantidad de trigo necesaria para sus familias durante un año. La intervención del gobierno sería, en lo que toca a estas familias, inútil e imposible. Pero en cierto número de capitales de departamento y en un número mayor de cabezas de distrito y de cantón, e incluso en pueblos grandes, los panaderos elaboran una parte considerable del pan que se consume, y sin embargo no están sujetos a reglamentación alguna ni obligados a formar reserva alguna. ¿No es posible someter a los panaderos de esos lugares al mismo régimen e imponerles la misma saludable ley de la prudencia? El gobierno se inclina a creer que sus prescripciones a este respecto no tropezarían con ninguna objeción seria.»

Pero antes de someter al decreto citado todo el resto de Francia, salvo las aldeas pequeñas, el ministro da instrucciones a los prefectos para que consulten a los municipios de esos lugares que todavía no entran en el ámbito del decreto. Luego comunica a los prefectos cómo han de almacenarse las reservas:

«Los panaderos deben aprovechar en lo posible las dependencias de sus tiendas, porque su vigilancia será fácil. Pero ustedes deben invitar a los municipios a establecer almacenes públicos y ponerlos a disposición de los panaderos, almacenes destinados a recibir, mediante el pago de un alquiler fijado por tarifa, las reservas que ellos no puedan almacenar por sí mismos. No dudo de que la ilustrada colaboración de las autoridades municipales hará fácilmente practicables estas medidas.»

El ministro llega por último a la cuestión vital: de dónde ha de sacarse el dinero para ejecutar el decreto.

«En cuanto a la realización del capital necesario, estoy convencido de que los panaderos harán los más serios esfuerzos para procurarse las sumas que necesiten. Semejante inversión ofrece tan grandes ventajas comerciales y promete beneficios tan legítimos que difícilmente dejarán de obtener crédito, sobre todo en un momento en que el tipo de interés es tan bajo. ¿Es suponer demasiada buena voluntad en los capitalistas de cada municipio esperar su concurso en favor de los panaderos? ¿No encontrarían en las reservas creadas una prenda segura de sus anticipos, y una prenda más destinada a subir de valor que a bajar? Me alegraré si los esfuerzos que ustedes dediquen a este asunto se ven coronados por el éxito. Me pregunto si los municipios no podrían, en caso necesario, imitando a la Caja de París, crear recursos y emplearlos en anticipos a los panaderos. Para favorecer y facilitar tales anticipos y multiplicarlos mediante la circulación, podría darse a los graneros destinados a recibir las reservas el carácter de depósitos de mercancías en franquicia (magasins généraux),6 y estos podrían emitir resguardos de prenda que sin duda aceptarían de muy buen grado nuestras instituciones financieras, y en especial el Banco de Francia.»

El ministro termina su circular indicando que en el plazo de veinte días los prefectos deberán comunicarle lo que propongan para ejecutar el artículo segundo del decreto, y en el de un mes, informarle de lo que recomienden los municipios de las ciudades y pueblos no comprendidos en el decreto.

Pues bien, no nos proponemos entrar ahora en la cuestión de los graneros públicos, pero la inmensa importancia de este coup d'état económico no necesita largo comentario. Es bien sabido que el precio actual del grano en Francia es desesperadamente bajo y que, en consecuencia, se advierten señales de descontento entre el campesinado. Con la demanda artificial que crea mediante la reserva de tres meses, Napoleón intenta hacer subir artificialmente los precios y tapar así la boca a la Francia agrícola. Por otro lado, se proclama ante los proletarios de las ciudades una especie de providencia socialista, aunque de un modo bastante torpe, pues el primer efecto sensible de su decreto ha de ser que los obreros se verán obligados a pagar el pan más caro que antes. El «salvador de la propiedad»7 muestra a la burguesía que, para hacer lo que quiera con sus bolsas, disponer de la propiedad municipal, trastornar la marcha del comercio y someter las operaciones de dinero de los burgueses a sus maquinaciones privadas, no hace falta siquiera la intervención formal de sus ridículos órganos legislativos, sino que basta con un simple ucase personal suyo. Por último, hay que considerar todavía la cuestión desde el punto de vista puramente bonapartista. En toda Francia serán necesarios enormes edificios para graneros públicos, ¡y qué fresco campo de actividad abrirán a los negocios y al saqueo! También se da un giro inesperado al comercio de granos. ¡Qué beneficios podrán embolsarse el Crédit mobilier8 y los demás compañeros de juego de Su Majestad Imperial! En todo caso, podemos estar seguros de que el socialista imperial tendrá más éxito subiendo el precio del pan que el que ha tenido en sus intentos de bajarlo.

  1. Cuerpo Legislativo, la cámara baja del Segundo Imperio francés, elegida por sufragio universal bajo estrecha tutela gubernamental y sin iniciativa legislativa. ↩

  2. El octroi, impuesto municipal sobre los artículos de consumo que entraban en la ciudad. ↩

  3. Ucase: decreto del zar; Marx aplica la palabra con ironía a los decretos de Napoleón III. ↩

  4. Le Moniteur universel, diario oficial del gobierno francés. ↩

  5. Eugène Rouher (1814-1884), ministro de Agricultura, Comercio y Obras Públicas de 1855 a 1863. ↩

  6. Depósitos generales autorizados, cuyos resguardos (warrants) podían descontarse o pignorarse como efectos de comercio. ↩

  7. Alusión al papel de «salvador de la sociedad» y de la propiedad que se arrogó Luis Bonaparte tras el golpe de Estado del 2 de diciembre de 1851. ↩

  8. Société générale de Crédit mobilier, banco de inversiones fundado en 1852 por los hermanos Pereire, estrechamente ligado al régimen de Napoleón III y a la especulación de la época. ↩