Escrito en inglés por Karl Marx (correspondencia fechada en Londres el 1 de marzo de 1859) y publicado en el New-York Daily Tribune, núm. 5586, del 17 de marzo de 1859. El original inglés no tiene hoy fuente libre: se traduce de la versión alemana de Karl Marx/Friedrich Engels, Werke, tomo 13 (Berlín, 1961, pp. 215-219), sin su aparato editorial, por la Escuela de marxismo, 2026. El título es el de la MEW («Die neue britische Reformbill»). Se corrigen erratas evidentes de la edición digital de la MEW. Las notas son nuestras. Texto original en alemán.

Londres, 1 de marzo de 1859

La noche del 28 de febrero el señor Disraeli inició a la Cámara de los Comunes en los secretos del proyecto de reforma electoral del gobierno. Por la rebaja del censo electoral en los condados de 50 a 10 libras esterlinas, este proyecto puede calificarse brevemente como el proyecto del señor Locke King,1 moderado por la privación del voto, en cuanto a su ejercicio en los condados, de los forty-shilling freeholders2 que viven en las ciudades, y adornado con un intrincado batiburrillo de títulos arbitrarios de derecho al voto que, por una parte, son completamente nulos y, por otra, no harían más que reforzar los monopolios de clase existentes. Cuestiones tan importantes como la inclusión de la mayoría del pueblo en el círculo de los electores, la igualación de las circunscripciones y la protección del voto mediante el escrutinio secreto ni siquiera se han tocado. Lo acertado de mi caracterización del proyecto se desprende del siguiente resumen de sus detalles esenciales. El derecho al voto basado en la cuantía del arrendamiento se reduce a una norma uniforme para las circunscripciones rurales y urbanas; es decir, se abolirá la cláusula Chandos de la ley de reforma de 1832,3 que en las circunscripciones rurales solo daba el voto a los arrendatarios que pagaban por lo menos 50 libras de arriendo. El derecho al voto basado en la cuantía del arrendamiento se extiende a toda clase de bienes raíces, tanto si incluyen una casa como si no. La introducción del censo de 10 libras para el derecho al voto en las circunscripciones rurales aumentaría, según el cálculo del señor Newmarch,4 el número de electores de los condados en 103.000, mientras que el señor Disraeli calcula que el electorado de los condados crecerá en 200.000 votos. Por otra parte, el derecho al voto de los forty-shilling freeholders se mantendría nominalmente sobre la base actual, pero los forty-shilling freeholders que viven en las ciudades y hasta ahora ejercían su derecho al voto en los condados en virtud de su propiedad perderían ese privilegio y se verían obligados a votar en las circunscripciones urbanas en que residen. De ese modo, unos 100.000 votos pasarían de las circunscripciones rurales a las urbanas, mientras que unos 40.000 electores de esa clase, o más, que no residen en los condados perderían por completo su derecho al voto. Ese es el meollo del nuevo plan. Quitaría con una mano al electorado de los condados lo que le añade con la otra y se encargaría de eliminar toda la influencia que las ciudades han ejercido desde la ley de reforma de 1832 sobre las elecciones de los condados mediante la compra de forty-shilling freeholds. Al presentar el proyecto, el señor Disraeli se esforzó en un largo discurso por mostrar que en los últimos quince años la gente de las ciudades ha creado tantos forty-shilling freeholds que el número de electores de las circunscripciones rurales que

«no residen en el condado supera ya al de los que votan en virtud de la cláusula del arrendamiento», de modo que el día de las elecciones «algunas grandes ciudades vierten sus huestes en el campo por ferrocarril y, mediante ciertos acuerdos tomados en la ciudad, derrotan en las urnas a las personas que residen en los condados».

A la exposición de este hidalgo rural respondió el señor Bright5 contundentemente:

«Su propósito es hacer más exclusivas las circunscripciones rurales. Parece que nada temen tanto como un buen electorado, sobre todo en los condados. Es un hecho muy notable que en una gran parte de Inglaterra el electorado de las circunscripciones rurales no ha aumentado desde hace bastante tiempo, sino que en muchas de ellas ha disminuido. El señor Newmarch ha mostrado que hay once circunscripciones rurales en las que, en un período de quince años, de 1837 a 1852, el electorado ha disminuido en no menos de 2.000 electores; en total, el electorado de las circunscripciones rurales de Inglaterra y Gales creció en esos quince años solo en 36.000, de los cuales más de 17.000 corresponden a Lancashire, Cheshire y el West Riding de Yorkshire. En el resto de Inglaterra, las dificultades para comprar tierra en plena propiedad y la medida en que crecen las fincas arrendadas son tales que el electorado de casi todas las circunscripciones rurales ha seguido igual o ha disminuido sin más.»

Si pasamos ahora de las circunscripciones rurales a las urbanas, llegamos a los nuevos títulos arbitrarios de derecho al voto, que proceden en parte de los malogrados proyectos de lord John Russell de 1852 y 1854 y en parte del genio que urdió las enrevesadas complicaciones del desdichado proyecto de ley sobre la India de lord Ellenborough.6 Están en primer lugar ciertos llamados derechos al voto por el nivel de instrucción, que, como observó irónicamente el señor Disraeli, presuponen, con independencia de los conocimientos científicos, que en la educación de las clases a las que afectan «se ha invertido un capital considerable», y que por eso pueden incluirse en la categoría general de los que tienen derecho al voto en virtud de sus bienes. El voto se concedería, por tanto, a los graduados universitarios, al clero de la Iglesia anglicana, a los ministros de todas las demás confesiones, a los abogados, letrados y notarios, a los procuradores, a los médicos, a los maestros con certificado de aptitud; en una palabra, a los miembros de las diversas profesiones liberales o, como solían llamarlos los franceses en tiempos del señor Guizot, a las «capacidades». Como la mayor parte de esas «capacidades» ya tiene derecho al voto como ten-pound leaseholders [arrendatarios de 10 libras], cabe suponer que con ello no aumentaría sensiblemente el número de electores, pero sí la influencia clerical. Otros nuevos derechos al voto se prevén para: 1) los inquilinos u ocupantes de cualquier casa, amueblada o no, que rente 8 chelines semanales o 20 libras anuales; 2) las personas que obtengan una renta anual de 20 libras por inversión de bienes muebles en títulos del Estado o anualidades, acciones de la Compañía de las Indias Orientales o acciones bancarias, o que perciban una pensión o una gratificación de 20 libras anuales por servicios prestados en cualquier rama del ejército, la marina o la administración civil en la que ya no estén en activo; 3) los titulares de un depósito de 60 libras en una caja de ahorros.

A primera vista se ve que todos estos nuevos derechos al voto, aunque admiten a algunos nuevos grupos de la clase media, están concebidos con el propósito expreso de excluir a la clase obrera y mantenerla en su estado actual de «paria» político, como llamó indiscretamente el señor Disraeli a los que no tienen voto. Puede considerarse un rasgo nuevo de la oposición levantada en la Cámara de los Comunes que todos los adversarios del ministerio, desde el señor John Bright hasta lord John Russell, insistieran especialmente en este punto como la disposición más censurable del nuevo proyecto de reforma. El propio señor Disraeli declaró que

«cuando en 1831 se presentó el proyecto de reforma, el objetivo reconocido por todos era dar con él a las clases medias de Inglaterra una posición legítima en el poder legislativo».

«Pues bien, señor», dijo lord John Russell, «cuando abandoné el principio del carácter definitivo de la reforma,7 lo hice por la razón que me parecía la única para intervenir en un arreglo tan amplio y complicado como este, a saber, el hecho de que se había excluido a un gran número de personas y de que esas personas pertenecían a las clases trabajadoras de este país, que son muy capaces de ejercer el derecho al voto.»

«El proyecto de 1832», dijo el señor Roebuck,8 «debía dar influencia a la clase media. Sin las clases trabajadoras no se habría logrado entonces ninguna ley de reforma. Se comportaron de una manera que nunca olvidaré y que las clases medias de Inglaterra no deberían olvidar. Y ahora apelo a las clases medias en nombre de las clases trabajadoras de este país.»

«Yo», dijo el señor Bright, «despreciaría en extremo a las clases trabajadoras de este país, y no solo las despreciaría, sino que perdería toda esperanza en ellas, si pensara que se conformarían con semejante exclusión.»

La exclusión de la clase obrera, unida a la privación del voto en las circunscripciones rurales de los habitantes de las ciudades que poseen allí un freehold: ese es el grito de guerra bajo el que se ataca al nuevo proyecto de reforma y a sus autores, en un momento en que la desunión en el campo ministerial, provocada por la prevista abolición de la cláusula Chandos y que ya se ha manifestado visiblemente con la salida del gabinete de los señores Walpole y Henley,9 no contribuye en absoluto a reforzar la capacidad de defensa del gobierno.

En cuanto a las demás cláusulas del proyecto, son relativamente insignificantes. Ningún distrito electoral que hasta ahora nombraba un representante perderá ese derecho, pero se crearán 15 nuevos escaños, de los cuales el West Riding de Yorkshire recibirá 4, el sur de Lancashire 2 y Middlesex 2, mientras que 7 nuevos diputados podrán ser elegidos por las siguientes ciudades, que han crecido mucho en los últimos tiempos: Hartlepool, Birkenhead, West Bromwich y Wednesbury juntas, Burnley, Stalybridge, Croydon y Gravesend. Para hacer sitio a estos diputados adicionales, 15 circunscripciones con menos de 6.000 habitantes estarán representadas en la Cámara de los Comunes por un solo diputado en lugar de dos. Esas son, pues, las formas en que se llevará a cabo la «igualación» de las circunscripciones.

Se crearán colegios electorales en cada parroquia o grupo de parroquias que comprenda no menos de 200 electores; los colegios adicionales se instalarán a costa de las circunscripciones rurales. Como una especie de compromiso con los partidarios del voto secreto, se prevé que un elector que no quiera votar públicamente pueda recurrir a una papeleta. Esta se envía al elector cuando la pide, la firma este en presencia de dos testigos, uno de los cuales tiene que ser propietario de casa, y la devuelve en carta certificada al comisario electoral. La carta la abre luego el día de la elección una persona especialmente autorizada para ello. Por último, se introducirán algunas mejoras en la inscripción de los electores en las circunscripciones rurales. No hay ni un solo periódico de Londres, salvo el Times y el órgano del gobierno, que conceda a este proyecto alguna posibilidad de éxito.

  1. Peter John Locke King (1811-1885), diputado liberal, que desde 1851 presentaba casi cada año proyectos para rebajar el censo electoral de los condados a 10 libras. ↩

  2. Propietarios de una tierra en plena propiedad (freehold) que rentara al menos 40 chelines anuales; desde 1430 tenían voto en las elecciones de los condados. ↩

  3. Enmienda del marqués de Chandos a la ley de reforma de 1832 que dio el voto en los condados a los arrendatarios que pagaban al menos 50 libras anuales, en su mayoría dependientes de los terratenientes. ↩

  4. William Newmarch (1820-1882), economista y estadístico inglés. ↩

  5. John Bright (1811-1889), fabricante de algodón, uno de los jefes de la Liga contra las Leyes de Granos y del librecambismo. ↩

  6. Edward Law, conde de Ellenborough (1790-1871), presidente del Consejo de Control de la India en el gobierno de Derby, cuyo proyecto de ley sobre el gobierno de la India de 1858 fracasó. ↩

  7. En 1837 Russell había declarado que la ley de reforma de 1832 era un arreglo definitivo (finality), de donde le vino el apodo de Finality John. ↩

  8. John Arthur Roebuck (1801-1879), diputado radical. ↩

  9. Spencer Horatio Walpole (1806-1898), ministro del Interior, y Joseph Warner Henley (1793-1884), presidente de la Junta de Comercio, dimitieron del gobierno de Derby en febrero de 1859 en protesta contra el proyecto. ↩