Proyecto redactado en inglés por Karl Marx y aprobado por el Consejo General de la Asociación Internacional de los Trabajadores en agosto de 1868 para presentarlo al Congreso de Bruselas; se conserva en el libro de actas del Consejo General. El original inglés no está disponible en una edición libre; traducimos de la versión alemana de Karl Marx/Friedrich Engels, Werke, tomo 16 (Berlín, 1962, p. 317), sin su aparato editorial, por la Escuela de marxismo, 2026. Las notas son nuestras. Texto original en alemán.
Habiendo adoptado por unanimidad el Congreso de Ginebra de 1866 la resolución según la cual «la limitación legal de la jornada de trabajo es una condición previa sin la cual todas las demás mejoras sociales son imposibles»,1 el Consejo considera que ha llegado el momento de sacar las consecuencias prácticas de esa resolución y que es deber de todas las secciones discutirla como cuestión práctica en los diferentes países donde existen organizaciones de la Asociación Internacional de los Trabajadores.
El primer congreso de la Internacional (Ginebra, 3-8 de septiembre de 1866) adoptó como resolución las Instrucciones para los delegados del Consejo General provisional, redactadas por Marx, cuyo apartado sobre la limitación de la jornada de trabajo comienza con esta frase y propone la jornada legal de ocho horas. ↩