Carta de Karl Marx a Ferdinand Lassalle, que vivía en Berlín, escrita en Londres (el lugar no figura en la carta) el 22 de julio de 1861. Se conserva completa. Publicada por primera vez por Gustav Mayer en Ferdinand Lassalle. Nachgelassene Briefe und Schriften, t. III: Der Briefwechsel zwischen Lassalle und Marx (Stuttgart y Berlín, 1922, carta n.º 130, pp. 373-376), según el original, de donde se traduce, por la Escuela de marxismo, 2026. Las notas son nuestras. Texto original

22 de julio de 1861.

¡Querido Lassalle!

Mi largo silencio tienes que considerarlo a la luz de diversas attenuating circumstances.1 D’abord,2 hasta ahora no he conseguido —pese a las promesas positivas que se me habían hecho al respecto— poner en orden mis asuntos de dinero, y por eso me resultaba especialmente fastidioso no poder hacerte llegar las 10 libras que faltan.

Secundo: desde hace varias semanas (y solo desde hace unos días estoy mejor) he padecido una asquerosa inflamación de los ojos, que me estorbaba muchísimo para escribir y leer.

Ante todo, muchas gracias por tus gestiones en el asunto de mi renaturalización.3 Por lo menos hemos conseguido comprometer al gobierno prusiano y reducir a cero su llamada amnistía. Creo que el curioso atentado de O. Becker4 (por los periódicos no está claro si es ruso o alemán) contribuirá mucho a poner a la «nueva era»5 un final con espanto.

He leído entera la segunda parte de tu obra (cuando quise empezar por la primera, se interpuso mi mal de ojos) y he disfrutado muchísimo con ella. Empecé por la parte II porque el tema me quedaba más cerca, lo que no me impedirá considerar después el asunto en su totalidad.6

La brevísima glosa al margen de mi carta anterior7 la has malentendido un poco, y la culpa estaba seguramente en mi manera de expresarme. D’abord, por «libertad de testar» yo no entendía la libertad de hacer testamento, sino la libertad de hacerlo sin ninguna consideración por la familia. El testamento mismo es muy antiguo en Inglaterra, y no admite la menor duda que los anglosajones lo tomaron de la jurisprudencia romana. Que los ingleses consideraron muy pronto como lo normal no la sucesión intestada, sino la testamentaria, se desprende de que ya en la Alta Edad Media, cuando el pater familias8 moría ab intestato,9 a su mujer y a sus hijos solo les correspondían las legítimas, y según las circunstancias un tercio o la mitad iba a parar a la Iglesia. Los curas suponían, en efecto, que si hubiera hecho testamento habría dejado una cierta cantidad a la Iglesia por la salvación de su alma. En este sentido es probable, en general, que los testamentos tuvieran en la Edad Media un sentido religioso y se hicieran en interés del difunto, no de los supervivientes. Pero la circunstancia a la que yo quería aludir era que, después de la revolución de 1688, se suprimieron las barreras que hasta entonces la ley había impuesto al testador en lo tocante a la sucesión familiar (aquí no se trata, naturalmente, de la propiedad feudal). Que esto corresponde a la esencia de la libre competencia y de una sociedad basada en ella, no ofrece duda; como tampoco la ofrece que la sociedad moderna se apropió del derecho romano, más o menos modificado, porque la representación jurídica que el sujeto de la libre competencia tiene de sí mismo corresponde a la de la persona romana (y no quiero entrar aquí en el punto, muy esencial, de que la representación jurídica de determinadas relaciones de propiedad, por mucho que nazca de ellas, por otra parte no es congruente con ellas ni puede serlo).

Que la apropiación del testamento romano se basa originariamente en un malentendido (y, en lo que toca a la comprensión científica de los juristas, todavía hoy), lo has demostrado tú. Pero de ahí no se sigue en modo alguno que el testamento en su forma moderna —sean cuales sean los malentendidos del derecho romano con que los juristas actuales se lo construyan— sea el testamento romano malentendido. Si no, podría decirse que toda adquisición de un período anterior que sea asimilada por otro posterior es lo antiguo malentendido. Es seguro, por ejemplo, que las tres unidades, tal como las construyen teóricamente los dramaturgos franceses del tiempo de Luis XIV, descansan sobre el drama griego malentendido (y sobre Aristóteles como su expositor). Por otra parte, es igual de seguro que entendieron a los griegos precisamente como lo pedían sus propias necesidades artísticas, y que por eso se aferraron aún mucho tiempo a ese drama llamado «clásico» después de que Dacier10 y otros les hubieran interpretado correctamente a Aristóteles. O que todas las constituciones modernas descansan en gran parte sobre la constitución inglesa malentendida y toman como esencial precisamente lo que aparece como decadencia de la constitución inglesa —y que todavía hoy solo existe formalmente en Inglaterra, per abusum11—, por ejemplo un llamado gabinete responsable. La forma malentendida es justamente la general, y la que en una determinada fase del desarrollo de la sociedad resulta utilizable para el use12 general.

La cuestión de si, por ejemplo, los ingleses tendrían o no su testamento sin Roma (testamento que, pese a descender directamente del romano y haberse adaptado a las formas romanas, no es el romano) me parece indiferente. ¿Y si planteara la cuestión de otro modo, por ejemplo así: si los legados (y el llamado testamento actual, en realidad, no hace del heredero principal más que un legatario universal) no habrían podido brotar por sí mismos de la sociedad burguesa, aun sin apoyarse en Roma? ¿O, en lugar de legado, en general disposiciones patrimoniales escritas por parte del difunto?13

Probado no me parece que esté todavía que el testamento griego se importara de Roma, aunque desde luego la probabilidad habla en favor de ello.

Ya habrás visto que la sentencia contra Blanqui —una de las más infames que se han dictado nunca— ha sido confirmada en segunda instancia. Ahora tengo curiosidad por lo que me escriba su amigo de Bruselas.14

Muchos saludos de mi mujer.

Tu K. M.

Lo de Brockhaus me lo pensaré en cuanto haya terminado.15 Hasta ahora nunca he soltado de la mano un manuscrito a la ventura.

  1. «Circunstancias atenuantes». ↩

  2. En francés, «ante todo». ↩

  3. Pese a las gestiones de Lassalle, el jefe de policía de Berlín había denegado a Marx la readmisión en la ciudadanía prusiana. ↩

  4. Oskar Becker (1839-1868), estudiante nacido en Odesa de padre alemán, disparó contra el rey Guillermo I en Baden-Baden el 14 de julio de 1861; condenado a veinte años de presidio, fue indultado en 1866. ↩

  5. Así se llamó el período de gobierno liberal moderado que abrió en Prusia la regencia del príncipe Guillermo en 1858. ↩

  6. Lo que Marx pensaba de veras del libro se ve en sus cartas a Engels, sobre todo en la del 9 de diciembre de 1861 (1861-12-09 Marx a Engels). ↩

  7. La carta del 11 de junio de 1861. Lassalle le había contestado el 1 de julio con una larga objeción. ↩

  8. «Padre de familia». ↩

  9. «Sin testamento». ↩

  10. André Dacier (1651-1722), filólogo francés, traductor y comentarista de la Poética de Aristóteles. ↩

  11. «Por abuso». ↩

  12. «Uso». ↩

  13. Lassalle respondió a esta carta hacia el 27-28 de julio, desde Berlín, sosteniendo que sin el testamento romano los pueblos germánicos no habrían producido testamento alguno. ↩

  14. Seguramente el médico Louis Watteau, de Bruselas, amigo de Blanqui, a quien Marx escribió en noviembre de 1861. ↩

  15. Véase la carta del 8 de mayo de 1861, sobre la continuación de la Contribución a la crítica de la economía política. ↩