Alarma, n.º 7, Octubre 1960 (págs. 29-30). PDF del número completo
Raro ha sido el caso político que ha escapado a los tribunales militares durante estos 21 años de dominio absoluto del sable y el hisopo. No obstante, el Caballero de Cristo, sintiendo el suelo movedizo, ha visto la necesidad de extender la jurisdicción cuartela- ria.
De ahora en adelante, serán necesariamente reos de "rebelión militar" quienes propalen noticias falsas o tendenciosas a fin de alterar el orden público, de provocar conflictos internacionales o de atentar a la seguridad del Estado y sus instituciones, del gobierno, del ejército o de las autoridades. Son también ratificados como delitos de rebelión militar las reuniones, conferencias y manifestaciones que no plazcan al gobierno; y además —es todo una confesión del régimen— las huelgas ordinarias y las de "brazos caidos", o sea las que, por su forma, constituyen un ensayo de expropiación del capital industrial por los trabajadores.
Lo único notable en esa enumeración es lo de "provocar conflictos internacionales". Sabido es que Franco medra con la guerra fria, y que del fogueo atómico ventajoso para sus amos espera la perpetuación de su régimen. Eso obliga casi a deducir que tales palabras atañen a los conflictos que en Washington y otras capitales le crean a Franco los partidos que se presentan como aliados probables del bloque Atlántico, mas viables y propagandísticamente útiles.
Salvando eso, que no afecta a los revolucionarios, sobre los demas puntos no nos cabe sino decir: quienes no atenten a cuanto es "el movimiento nacional" deliberadamente y desde un punto de vista proletario, no son revolucionarios.